Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2024062862)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se concede una subvención directa a la organización sindical Comisiones Obreras de Extremadura (CCOO-Extremadura), destinada a financiar actividades de impulso de la negociación de los planes de igualdad de las empresas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 180
Lunes 16 de septiembre de 2024

43685

Sexto. Justificación.
1. L
 a justificación de las actuaciones realizadas y de las cantidades aplicadas se realizará de
la siguiente forma:
1.1. Justificación para el segundo pago del 25% de la subvención.
La entidad beneficiaria deberá aportar, antes del día 1 de diciembre de 2024, una cuenta
justificativa intermedia, que contendrá la siguiente documentación:



a) Memoria intermedia de actuación.
Dicha memoria deberá indicar la actividad subvencionable realizada hasta la fecha,
con indicación de las mesas negociadoras a las que se ha prestado información
y/o asesoramiento y naturaleza de las actuaciones desarrolladas en las comisiones
negociadoras de las que se forme parte así como número de planes de igualdad
aprobados en dicho período, que deberá suponer, al menos, el 75% del total de actuaciones previstas en el Plan de Actuaciones aprobado.



b) Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones,
que deberán representar, al menos, el 100 por ciento de la cuantía anticipada, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de
pago.



En su caso, en dicha relación deberán indicarse las desviaciones acaecidas sobre el
presupuesto presentado con el Plan de actuaciones.



c) Copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación
clasificada de gastos y de los documentos acreditativos de los pagos realizados por
alguno de los medios establecidos en el punto 4 de este apartado.



d) En el caso de imputación de gastos de personal propio de la entidad beneficiaria que
ha sido asignado a la ejecución de las actuaciones subvencionables, deberá aportarse copia del documento de asignación formal del personal a la realización de dichas
actuaciones, donde consten los datos de las personas asignadas y el porcentaje de
dedicación respecto a su jornada ordinaria de trabajo.

1.2 Justificación final.
La entidad beneficiaria deberá aportar, antes del 1 de abril de 2025, una cuenta justificativa final, que deberá contener la siguiente documentación: