Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062849)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Sustitución del tramo de línea aérea 66 kV S/C "Hinojosa del Valle-Villafranca de los Barros" entre los apoyos 4 y 13", a realizar en los términos municipales de Ribera del Fresno, Los Santos de Maimona y Villafranca de los Barros, en la provincia de Badajoz, cuya promotora es E-Distribución Redes Digitales, SLU. Expte.: IA23/0687.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 179
Viernes 13 de septiembre de 2024



43581

— El Programa de vigilancia ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General
de Sostenibilidad para su supervisión.



— Se realizará un seguimiento de la mortalidad de avifauna por colisión y electrocución
provocada por la línea por un período de 3 años. La frecuencia del seguimiento será
mensual durante el primer año, trimestral durante el segundo año y semestral durante el tercer año, salvo que se detecte una elevada mortalidad en los seguimientos
del año anterior, en cuyo caso la Dirección General de Sostenibilidad establecerá una
frecuencia diferente. La metodología para realizar los seguimientos debe ser descrita
en detalle en el Programa de vigilancia ambiental, pero se ajustará a las siguientes
especificaciones:



• Se realizará una búsqueda intensiva de cadáveres o cualquier resto de aves que se
encuentren alrededor de la estructura. Las prospecciones se realizarán mediante
un recorrido andando en zigzag a velocidad constante, a lo largo del trazado de la
línea eléctrica y abarcando 25 metros a cada lado en un recorrido de ida y vuelta.



• La unidad de muestreo la definen los kilómetros de línea prospectada.



• La línea eléctrica se debe prospectar en toda su longitud, y además del recorrido a
pie, se evaluará la posibilidad y conveniencia de utilizar perros entrenados en las
búsquedas de cadáveres en líneas eléctricas, evaluando la pérdida por carroñeo, y
calculando los índices de mortalidad totales.



• El recorrido de prospección podrá adaptarse a las características del terreno y la
vegetación cuando dificulten excesivamente la búsqueda.



• Para cada cadáver detectado se anotará: Fecha y hora de la observación, coordenadas, si fue localizado durante la prospección o no, nombre científico de la
especie, sexo, edad, momento aproximado de la muerte (< 12 horas, 2 días,
etc.), estado del cadáver (reciente, parcialmente descompuesto, huesos y restos,
depredado), descripción general del hábitat en un radio de 50 m y una fotografía
del ejemplar.



• La estima de la mortalidad real de la línea calculada en función de los datos de
campo se describirá y se justificará citando bibliografía. Incluirá correcciones por
tasa de detección y tasa de desaparición de cadáveres.



• El informe anual del Programa de Vigilancia Ambiental incluirá los resultados de
ese año y los resultados agregados de todos los años de seguimiento, llevando a
cabo el análisis y la valoración de los datos obtenidos y unas conclusiones al respecto. En base a los resultados obtenidos, se deberán proponer y asumir nuevas
medidas si fuese preciso.