Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062896)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo entre la Asociación Oncológica Garabato y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, para promover actividades de concienciación y apoyo en la lucha contra el cáncer infantil.
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NÚMERO 179
43536
Viernes 13 de septiembre de 2024
Corresponde a cada una de las partes establecer los mecanismos necesarios, conforme a sus
propios procedimientos internos de trabajo, que aseguren que los datos de carácter personal
cedidos en las disposiciones de este Protocolo, son tratados con respeto a lo establecido en
los dos párrafos anteriores.
Novena. Resolución de conflictos.
Los firmantes se comprometen a resolver de común acuerdo, a través de la Comisión de Seguimiento, cuantas diferencias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente
Protocolo.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del mismo que no puedan ser resueltas
por la Comisión de Seguimiento, se someterán a la jurisdicción contencioso administrativa,
renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Décima. Publicidad del Protocolo, transparencia y buen Gobierno.
La firma de este Protocolo supondrá el consentimiento expreso de las partes para hacer
públicos los datos referidos al mismo, conforme a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y conforme a la normativa
autonómica vigente en esta materia.
Undécima. Causas de finalización.
Este Protocolo se extinguirá por las siguientes causas:
a) Conclusión del período máximo establecido para su vigencia, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El mutuo acuerdo entre las partes, así como imposibilidad sobrevenida de cualquiera de
las partes para el desarrollo de lo dispuesto en este protocolo.
c) La denuncia del mismo por una de las partes, que deberá realizarse por escrito.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, ambos firmantes
suscriben electrónicamente el presente Protocolo, tomándose como referencia, a efectos de
fecha de este, la fecha de la última de las firmas de las partes.
Presidencia de la
Asociación Oncológica Garabato,
Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional,
JUAN CARLOS TERROSO ÁVILA
M.ª MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
43536
Viernes 13 de septiembre de 2024
Corresponde a cada una de las partes establecer los mecanismos necesarios, conforme a sus
propios procedimientos internos de trabajo, que aseguren que los datos de carácter personal
cedidos en las disposiciones de este Protocolo, son tratados con respeto a lo establecido en
los dos párrafos anteriores.
Novena. Resolución de conflictos.
Los firmantes se comprometen a resolver de común acuerdo, a través de la Comisión de Seguimiento, cuantas diferencias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente
Protocolo.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del mismo que no puedan ser resueltas
por la Comisión de Seguimiento, se someterán a la jurisdicción contencioso administrativa,
renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Décima. Publicidad del Protocolo, transparencia y buen Gobierno.
La firma de este Protocolo supondrá el consentimiento expreso de las partes para hacer
públicos los datos referidos al mismo, conforme a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y conforme a la normativa
autonómica vigente en esta materia.
Undécima. Causas de finalización.
Este Protocolo se extinguirá por las siguientes causas:
a) Conclusión del período máximo establecido para su vigencia, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El mutuo acuerdo entre las partes, así como imposibilidad sobrevenida de cualquiera de
las partes para el desarrollo de lo dispuesto en este protocolo.
c) La denuncia del mismo por una de las partes, que deberá realizarse por escrito.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, ambos firmantes
suscriben electrónicamente el presente Protocolo, tomándose como referencia, a efectos de
fecha de este, la fecha de la última de las firmas de las partes.
Presidencia de la
Asociación Oncológica Garabato,
Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional,
JUAN CARLOS TERROSO ÁVILA
M.ª MERCEDES VAQUERA MOSQUERO