Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062896)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo entre la Asociación Oncológica Garabato y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, para promover actividades de concienciación y apoyo en la lucha contra el cáncer infantil.
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NÚMERO 179
Viernes 13 de septiembre de 2024
43534
1. F
acilitar el acceso de la Asociación Oncológica Garabato a los centros educativos
de Extremadura.
2. D
ifundir las actividades y proyectos a través de sus canales de comunicación.
3. C
olaborar en la organización de las jornadas de formación para el profesorado.
Cuarta. Compromisos de la Asociación Oncológica Garabato.
La Asociación Oncológica Garabato se compromete a:
1. P
roporcionar los recursos necesarios para la realización de los proyectos, talleres y
actividades.
2. O
frecer la formación y el apoyo necesarios al profesorado participante.
3. O
rganizar y coordinar las exposiciones y eventos artísticos.
Quinta. Financiación.
No se derivará del presente Protocolo, ni de los proyectos y actividades desarrolladas en el
marco de éste, contraprestación ni compromiso económico alguno.
Sexta. Vigencia.
El presente Protocolo surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá una vigencia de
cuatro años, pudiendo ser prorrogado de forma expresa y por escrito mediante la firma por
las mismas Autoridades de la correspondiente Adenda de prórroga.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Las partes podrán constituir una Comisión de Seguimiento que será responsable de desarrollar las siguientes funciones:
a) Velar por el desarrollo y aplicación de lo establecido en el presente Protocolo, a través
del correspondiente procedimiento de seguimiento y evaluación.
b) Resolver las controversias, problemas de interpretación y todas aquellas cuestiones
litigiosas o incidencias que puedan plantearse en la aplicación del presente Protocolo.
c) Proponer las modificaciones de este Protocolo que se consideren necesarias.
d) Determinar las actuaciones que puedan desarrollarse en el marco de este Protocolo, sin
perjuicio de los instrumentos que deban suscribirse y de la tramitación de los procedimientos que correspondan.
Viernes 13 de septiembre de 2024
43534
1. F
acilitar el acceso de la Asociación Oncológica Garabato a los centros educativos
de Extremadura.
2. D
ifundir las actividades y proyectos a través de sus canales de comunicación.
3. C
olaborar en la organización de las jornadas de formación para el profesorado.
Cuarta. Compromisos de la Asociación Oncológica Garabato.
La Asociación Oncológica Garabato se compromete a:
1. P
roporcionar los recursos necesarios para la realización de los proyectos, talleres y
actividades.
2. O
frecer la formación y el apoyo necesarios al profesorado participante.
3. O
rganizar y coordinar las exposiciones y eventos artísticos.
Quinta. Financiación.
No se derivará del presente Protocolo, ni de los proyectos y actividades desarrolladas en el
marco de éste, contraprestación ni compromiso económico alguno.
Sexta. Vigencia.
El presente Protocolo surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá una vigencia de
cuatro años, pudiendo ser prorrogado de forma expresa y por escrito mediante la firma por
las mismas Autoridades de la correspondiente Adenda de prórroga.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Las partes podrán constituir una Comisión de Seguimiento que será responsable de desarrollar las siguientes funciones:
a) Velar por el desarrollo y aplicación de lo establecido en el presente Protocolo, a través
del correspondiente procedimiento de seguimiento y evaluación.
b) Resolver las controversias, problemas de interpretación y todas aquellas cuestiones
litigiosas o incidencias que puedan plantearse en la aplicación del presente Protocolo.
c) Proponer las modificaciones de este Protocolo que se consideren necesarias.
d) Determinar las actuaciones que puedan desarrollarse en el marco de este Protocolo, sin
perjuicio de los instrumentos que deban suscribirse y de la tramitación de los procedimientos que correspondan.