Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062897)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado y la Junta de Extremadura para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
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NÚMERO 179
43543
Viernes 13 de septiembre de 2024
Novena.
El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años desde su inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.
Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el “Boletín
Oficial del Estado”.
De conformidad con el artículo 49, puntos g) y h) de la Ley 40/2015, en cualquier momento
antes de la finalización del plazo anteriormente previsto, y por acuerdo unánime de los firmantes del convenio, se podrá acordar la modificación, prórroga o extinción de este convenio.
Y, en prueba de conformidad y para fiel cumplimiento de lo acordado, firman el presente
convenio.
El Ministro de Transportes y Movilidad
Sostenible,
PD (Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre, artículo 5.1A)
El Secretario de Estado de Transportes y
Movilidad Sostenible,
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
PA, El Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda
(Decreto de la Presidenta 33/2023
de 16 de agosto,
DOE n.º 164 de 25 de agosto),
JOSÉ ANTONIO SANTANO CLAVERO
MANUEL MARTÍN CASTIZO
43543
Viernes 13 de septiembre de 2024
Novena.
El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años desde su inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.
Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el “Boletín
Oficial del Estado”.
De conformidad con el artículo 49, puntos g) y h) de la Ley 40/2015, en cualquier momento
antes de la finalización del plazo anteriormente previsto, y por acuerdo unánime de los firmantes del convenio, se podrá acordar la modificación, prórroga o extinción de este convenio.
Y, en prueba de conformidad y para fiel cumplimiento de lo acordado, firman el presente
convenio.
El Ministro de Transportes y Movilidad
Sostenible,
PD (Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre, artículo 5.1A)
El Secretario de Estado de Transportes y
Movilidad Sostenible,
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
PA, El Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda
(Decreto de la Presidenta 33/2023
de 16 de agosto,
DOE n.º 164 de 25 de agosto),
JOSÉ ANTONIO SANTANO CLAVERO
MANUEL MARTÍN CASTIZO