Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062897)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado y la Junta de Extremadura para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
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NÚMERO 179
Viernes 13 de septiembre de 2024
43539
1008/2008), para velar por el adecuado cumplimiento de las obligaciones de servicio público
que el Gobierno establezca en las rutas aéreas entre dos aeropuertos.
Segundo.
Que la Junta de Extremadura, en el ejercicio de sus competencias estatutarias (artículo 9.1.7
del Estatuto de Autonomía), considera prioritario que las rutas aéreas que unen Badajoz con
Madrid y Barcelona sean operadas de manera continuada y regular por compañías aéreas
comunitarias que cumplan unas condiciones mínimas en materia de precios y capacidad ofertada, de manera que esas rutas contribuyan al desarrollo económico y social de la región.
Tercero.
Que, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (entonces de Fomento),
conforme a la solicitud formulada por la Junta de Extremadura, el Consejo de Ministros estableció obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, de acuerdo con las normas contenidas en el Reglamento (CE) 1008/2008, en su Acuerdo
del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2018, por el que se declaran obligaciones de
servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
Cuarto.
Que estas obligaciones van a ser modificadas, reforzando la ruta aérea Badajoz-Barcelona con
una frecuencia adicional a la semana para dar respuesta a las actuales demandas de movilidad en el servicio.
Quinto.
Que actualmente la ruta se opera bajo un contrato para la realización de los servicios aéreos
conforme al Reglamento (CE) 1008/2008, que fue adjudicado a la Unión Temporal de Empresas, constituida por las compañías Air Nostrum y Mel Air, y que comenzó el 28 de octubre de
2022 y cuya fecha prevista de finalización es el próximo 27 de octubre de 2024. Dicho contrato se suscribió al amparo de un convenio firmado entre ambas partes el 9 de mayo de 2022
con una duración de 4 años a partir del 13 de mayo de 2022, fecha de inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.
Sexto.
Que una vez se alcance la fecha de finalización del contrato actual, el acceso a la operación
de las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona quedará de nuevo abierto a todas las
compañías aéreas comunitarias bajo las condiciones que definen las obligaciones de servicio
público impuestas en dichas rutas.
Viernes 13 de septiembre de 2024
43539
1008/2008), para velar por el adecuado cumplimiento de las obligaciones de servicio público
que el Gobierno establezca en las rutas aéreas entre dos aeropuertos.
Segundo.
Que la Junta de Extremadura, en el ejercicio de sus competencias estatutarias (artículo 9.1.7
del Estatuto de Autonomía), considera prioritario que las rutas aéreas que unen Badajoz con
Madrid y Barcelona sean operadas de manera continuada y regular por compañías aéreas
comunitarias que cumplan unas condiciones mínimas en materia de precios y capacidad ofertada, de manera que esas rutas contribuyan al desarrollo económico y social de la región.
Tercero.
Que, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (entonces de Fomento),
conforme a la solicitud formulada por la Junta de Extremadura, el Consejo de Ministros estableció obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, de acuerdo con las normas contenidas en el Reglamento (CE) 1008/2008, en su Acuerdo
del Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2018, por el que se declaran obligaciones de
servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
Cuarto.
Que estas obligaciones van a ser modificadas, reforzando la ruta aérea Badajoz-Barcelona con
una frecuencia adicional a la semana para dar respuesta a las actuales demandas de movilidad en el servicio.
Quinto.
Que actualmente la ruta se opera bajo un contrato para la realización de los servicios aéreos
conforme al Reglamento (CE) 1008/2008, que fue adjudicado a la Unión Temporal de Empresas, constituida por las compañías Air Nostrum y Mel Air, y que comenzó el 28 de octubre de
2022 y cuya fecha prevista de finalización es el próximo 27 de octubre de 2024. Dicho contrato se suscribió al amparo de un convenio firmado entre ambas partes el 9 de mayo de 2022
con una duración de 4 años a partir del 13 de mayo de 2022, fecha de inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal.
Sexto.
Que una vez se alcance la fecha de finalización del contrato actual, el acceso a la operación
de las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona quedará de nuevo abierto a todas las
compañías aéreas comunitarias bajo las condiciones que definen las obligaciones de servicio
público impuestas en dichas rutas.