Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062845)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto de centro de gestión de residuos, cuya promotora es Desguaces Solano, SL, en el término municipal de Plasencia. Expte.: IA24/0125.
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NÚMERO 177
Miércoles 11 de septiembre de 2024
43404
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El proyecto está ubicado en un suelo industrial consolidado y describe toda su superficie hormigonada. Por tanto, la afección a la calidad de las aguas, se prevé que
no sea significativa. Por otro lado, se entiende que no existen obras que puedan
afectar a dominio público hidráulico o zona de policía. No obstante, con la adopción
de las medidas preventivas oportunas, se asegurará una mínima afección, evitando
perjudicar a la calidad de las aguas. Además, para su funcionamiento la actividad
deberá contar con autorización ambiental unificada y con autorización de vertido del
Ayuntamiento.
El único consumo previsto es para los aseos del centro, que se estima en un máximo
total de 50 m3/año. La competencia para el suministro es del propio Ayuntamiento,
siempre y cuando disponga de los derechos de uso suficientes.
— Suelos.
La zona de ubicación del proyecto se encuentra en suelo industrial. Aplicando las
correspondientes medidas preventivas (soleras hormigonadas e impermeabilizadas)
no debería haber una afección al suelo significativa.
— Fauna.
No se contempla la existencia de especies protegidas en la zona. Por tanto, la afección a la fauna no es significativa.
— Vegetación.
En el área de implantación de la instalación no se encuentra ningún tipo de hábitat
natural de interés comunitario que requiera la designación de zonas de especial conservación, según aplicación de la Directiva 97/62/CE, relativa a la conservación de
los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres, en su anexo I relativo a tipos de
hábitats.
— Paisaje.
La instalación se sitúa en un polígono industrial de terrenos llanos y totalmente consolidados. El paisaje circundante de la zona de implantación del proyecto, al igual
que en el resto de la unidad paisajística, se caracteriza por la presencia de más actividades industrial. Por tanto, la afección al paisaje no es significativa.
Miércoles 11 de septiembre de 2024
43404
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El proyecto está ubicado en un suelo industrial consolidado y describe toda su superficie hormigonada. Por tanto, la afección a la calidad de las aguas, se prevé que
no sea significativa. Por otro lado, se entiende que no existen obras que puedan
afectar a dominio público hidráulico o zona de policía. No obstante, con la adopción
de las medidas preventivas oportunas, se asegurará una mínima afección, evitando
perjudicar a la calidad de las aguas. Además, para su funcionamiento la actividad
deberá contar con autorización ambiental unificada y con autorización de vertido del
Ayuntamiento.
El único consumo previsto es para los aseos del centro, que se estima en un máximo
total de 50 m3/año. La competencia para el suministro es del propio Ayuntamiento,
siempre y cuando disponga de los derechos de uso suficientes.
— Suelos.
La zona de ubicación del proyecto se encuentra en suelo industrial. Aplicando las
correspondientes medidas preventivas (soleras hormigonadas e impermeabilizadas)
no debería haber una afección al suelo significativa.
— Fauna.
No se contempla la existencia de especies protegidas en la zona. Por tanto, la afección a la fauna no es significativa.
— Vegetación.
En el área de implantación de la instalación no se encuentra ningún tipo de hábitat
natural de interés comunitario que requiera la designación de zonas de especial conservación, según aplicación de la Directiva 97/62/CE, relativa a la conservación de
los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres, en su anexo I relativo a tipos de
hábitats.
— Paisaje.
La instalación se sitúa en un polígono industrial de terrenos llanos y totalmente consolidados. El paisaje circundante de la zona de implantación del proyecto, al igual
que en el resto de la unidad paisajística, se caracteriza por la presencia de más actividades industrial. Por tanto, la afección al paisaje no es significativa.