Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2024062852)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 30 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio de Teleatención domiciliaria a personas mayores residentes en entidades locales de Extremadura incluido en el componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 176
Martes 10 de septiembre de 2024
43333
a) Cumplimentar la declaración de aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea
que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, establecida en el
Anexo IV, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de Colaboración Económica
Municipal.
b) Cumplimentar la declaración relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, establecida en el Anexo V, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de
Colaboración Económica Municipal.
c) Cumplimentar la declaración de compromiso sobre de conflicto de intereses establecida
en el Anexo VI, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de Colaboración Económica Municipal.
d) Adoptar medidas que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de interés.
e) A
doptar medidas para evitar que se produzca doble financiación.
f) Cumplir y respetar en las actuaciones que se lleven a cabo el principio de “no causar
un perjuicio significativo al medio ambiente” (principio do no significant harm – DNSH)
según Anexo VII.
g) Contribuir de forma adecuada al tagging verde y digital. (en esta inversión: Etiqueta
verde y digital: 013 - Servicios y aplicaciones de sanidad electrónica incluida la ciberasistencia, el internet de las cosas para la actividad física y la vida cotidiana asistida por
el entorno. 100% contribución digital).
Cuarto. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía de la transferencia.
1. E
l programa tiene una dotación global de 1.642.055,19 euros, con cargo al centro gestor 110060000, aplicación presupuestaria G/232A/46000, fondo MR08C22I01, programa
20230159 “Teleasistencia viviendas entornos rurales”, de los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2024, procedentes de los recursos
financieros derivados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado
Martes 10 de septiembre de 2024
43333
a) Cumplimentar la declaración de aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea
que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, establecida en el
Anexo IV, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de Colaboración Económica
Municipal.
b) Cumplimentar la declaración relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, establecida en el Anexo V, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de
Colaboración Económica Municipal.
c) Cumplimentar la declaración de compromiso sobre de conflicto de intereses establecida
en el Anexo VI, que deberán remitir al SEPAD, tras la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, del acuerdo por el que se aprueba este Programa de Colaboración Económica Municipal.
d) Adoptar medidas que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de interés.
e) A
doptar medidas para evitar que se produzca doble financiación.
f) Cumplir y respetar en las actuaciones que se lleven a cabo el principio de “no causar
un perjuicio significativo al medio ambiente” (principio do no significant harm – DNSH)
según Anexo VII.
g) Contribuir de forma adecuada al tagging verde y digital. (en esta inversión: Etiqueta
verde y digital: 013 - Servicios y aplicaciones de sanidad electrónica incluida la ciberasistencia, el internet de las cosas para la actividad física y la vida cotidiana asistida por
el entorno. 100% contribución digital).
Cuarto. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía de la transferencia.
1. E
l programa tiene una dotación global de 1.642.055,19 euros, con cargo al centro gestor 110060000, aplicación presupuestaria G/232A/46000, fondo MR08C22I01, programa
20230159 “Teleasistencia viviendas entornos rurales”, de los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2024, procedentes de los recursos
financieros derivados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado