Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062826)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento y tratamiento de residuos de construcción y demolición, cuya promotora es José Tijera e Hijos, SL, en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 175
Lunes 9 de septiembre de 2024
43182
RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada
al proyecto de planta de almacenamiento y tratamiento de residuos de
construcción y demolición, cuya promotora es José Tijera e Hijos, SL, en el
término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz). (2024062826)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 30 de marzo de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para una instalación destinada al almacenamiento y tratamiento de residuos de construcción y demolición, promovido
por José Tijera e Hijos, SL, en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz) con CIF:
B-06249379.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la
categoría 9.1 Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I, y en la categoría 9.6. del anexo
II la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos
y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con
carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios.
Tercero. La actividad se ubica en el término municipal de Fuente de Cantos. Concretamente en
las parcelas 46 y 48 del polígono 24, con referencias catastrales: 06052A024000460000WQ y
06052A024000480000WL. Las superficies de las parcelas son de 41.769 m² y 10.790 m² respectivamente. Para la planta de RCD se utilizará la superficie de zona ya autorizada 3.910,57 m2
más 10.790 m2, que corresponde a la parcela 48.
Cuarto. El órgano ambiental publica Anuncio de fecha 18 de enero de 2024 en su sede electrónica y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 23, de 1 de febrero de 2024),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Quinto. Conforme al procedimiento establecido, en el artículo 16.4, de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modifica-
Lunes 9 de septiembre de 2024
43182
RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada
al proyecto de planta de almacenamiento y tratamiento de residuos de
construcción y demolición, cuya promotora es José Tijera e Hijos, SL, en el
término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz). (2024062826)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 30 de marzo de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para una instalación destinada al almacenamiento y tratamiento de residuos de construcción y demolición, promovido
por José Tijera e Hijos, SL, en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz) con CIF:
B-06249379.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la
categoría 9.1 Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I, y en la categoría 9.6. del anexo
II la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos
y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con
carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios.
Tercero. La actividad se ubica en el término municipal de Fuente de Cantos. Concretamente en
las parcelas 46 y 48 del polígono 24, con referencias catastrales: 06052A024000460000WQ y
06052A024000480000WL. Las superficies de las parcelas son de 41.769 m² y 10.790 m² respectivamente. Para la planta de RCD se utilizará la superficie de zona ya autorizada 3.910,57 m2
más 10.790 m2, que corresponde a la parcela 48.
Cuarto. El órgano ambiental publica Anuncio de fecha 18 de enero de 2024 en su sede electrónica y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 23, de 1 de febrero de 2024),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Quinto. Conforme al procedimiento establecido, en el artículo 16.4, de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modifica-