Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062825)
Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el levantamiento, documentación gráfica, generación de 3D de bienes declarados de Interés Cultural de Extremadura.
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NÚMERO 174
Viernes 6 de septiembre de 2024
43078
2. P
or su parte, le corresponderá a la UEx:
2.1. A
plicar la cantidad aportada por la Consejería a la realización del objeto del presente
convenio.
2.2. R
ealizar la selección de los integrantes del equipo técnico, de manera consensuada
con la Dirección general de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
2.3. P
roporcionar los medios técnicos o materiales y documentales para facilitar la labor de
documentación.
2.4. Colaborar en la definición de protocolos.
2.5. A
portar para la sola y exclusiva ejecución de este convenio los locales e instalaciones
de sus sedes, que pudieran ser necesarios para la realización de las actividades objeto
de este.
2.6. M
antener total confidencialidad sobre la documentación que proporcione la DGBAPC a
través del Servicio de Protección del Patrimonio Cultural.
2.7. E
ntrega previa para revisión de su contenido y ajustes, antes de su maquetación y
entrega definitiva de la memoria de los trabajos realizados y archivos generados con
los modelos.
2.8. E
ntregar una memoria final que contendrá el conjunto de actuaciones realizadas,
así como los archivos generados de acuerdo con las características recogidas en el
Anexo I.
2.9. N
o difundir las informaciones científicas o técnicas que constituyen el objeto de este
convenio sin previa autorización expresa de la otra parte.
Las actuaciones del convenio que corresponden a cada una de las partes serán llevadas a cabo
mediante los medios propios disponibles o mediante la suscripción contractual con terceros,
respecto de aquellas acciones que resulten necesarias, siendo de exclusiva responsabilidad de
cada parte y efectuándose a su riesgo y ventura.
En la selección de los bienes a documentar se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Se documentarán todas las categorías de bienes inmuebles BIC.
b) Se priorizarán aquellos bienes que presenten un estado de conservación más deficiente;
c) Se priorizarán aquellos bienes de titularidad pública.
Viernes 6 de septiembre de 2024
43078
2. P
or su parte, le corresponderá a la UEx:
2.1. A
plicar la cantidad aportada por la Consejería a la realización del objeto del presente
convenio.
2.2. R
ealizar la selección de los integrantes del equipo técnico, de manera consensuada
con la Dirección general de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
2.3. P
roporcionar los medios técnicos o materiales y documentales para facilitar la labor de
documentación.
2.4. Colaborar en la definición de protocolos.
2.5. A
portar para la sola y exclusiva ejecución de este convenio los locales e instalaciones
de sus sedes, que pudieran ser necesarios para la realización de las actividades objeto
de este.
2.6. M
antener total confidencialidad sobre la documentación que proporcione la DGBAPC a
través del Servicio de Protección del Patrimonio Cultural.
2.7. E
ntrega previa para revisión de su contenido y ajustes, antes de su maquetación y
entrega definitiva de la memoria de los trabajos realizados y archivos generados con
los modelos.
2.8. E
ntregar una memoria final que contendrá el conjunto de actuaciones realizadas,
así como los archivos generados de acuerdo con las características recogidas en el
Anexo I.
2.9. N
o difundir las informaciones científicas o técnicas que constituyen el objeto de este
convenio sin previa autorización expresa de la otra parte.
Las actuaciones del convenio que corresponden a cada una de las partes serán llevadas a cabo
mediante los medios propios disponibles o mediante la suscripción contractual con terceros,
respecto de aquellas acciones que resulten necesarias, siendo de exclusiva responsabilidad de
cada parte y efectuándose a su riesgo y ventura.
En la selección de los bienes a documentar se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Se documentarán todas las categorías de bienes inmuebles BIC.
b) Se priorizarán aquellos bienes que presenten un estado de conservación más deficiente;
c) Se priorizarán aquellos bienes de titularidad pública.