Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062825)
Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el levantamiento, documentación gráfica, generación de 3D de bienes declarados de Interés Cultural de Extremadura.
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NÚMERO 174
Viernes 6 de septiembre de 2024
43081
Se considerará justificada la realización de los trabajos cuando se hayan realizado las actuaciones previstas en el convenio y, en su caso, entregado:
1. I nforme final en formato de texto abierto y PDF.
2. F
otografías digitales de los bienes en formato JPEG y TIFF. Para los grabados y pinturas
rupestres en formato RAW.
3. O
rtofotografías en formato JPEG y TIFF.
4. V
ídeos de los vuelos de dron en formato AVI y MP4.
5. M
odelos 3D en formato OBJ.
6. N
ubes de puntos en formato E57 (.e57) y RCP (.rcp).
Para el abono de la cantidad prevista en el convenio se exigirá la previa justificación mediante certificación de los gastos por dicha cuantía, expedida por el órgano que tenga atribuidas
las facultades de la toma de razón en contabilidad; certificación a la que se acompañará las
correspondientes facturas y demás justificaciones de gastos realizados, debiendo aportar los
justificantes de pago efectivo de los referidos gastos y facturas.
Toda la justificación deberá presentarse ante la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural con anterioridad al pago de la aportación de la Consejería y dentro del período para la ejecución de la actividad prevista y vigencia del mismo. La UEx deberá presentar
la documentación justificativa con fecha anterior al 10 de diciembre de 2024.
La UEx tiene la obligación de someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de
la gestión de los fondos recibidos pueda efectuar el órgano concedente, así como cualesquiera
otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones
anteriores.
Si el importe final de las actuaciones fuera inferior a la financiación total prevista para el presente convenio, la Consejería abonará únicamente la parte que corresponda efectivamente al
gasto realizado, liberándose los créditos restantes.
Todo exceso de la cantidad comprometida por la Consejería, como consecuencia de cualquier
modificación en las actuaciones, serán abonados por la UEx.
Séptima. Personal.
La dirección científica del proyecto podrá incorporar miembros de su grupo de investigación,
así como otros expertos en digitalización 3D del Patrimonio Cultural. De igual modo, podrá
Viernes 6 de septiembre de 2024
43081
Se considerará justificada la realización de los trabajos cuando se hayan realizado las actuaciones previstas en el convenio y, en su caso, entregado:
1. I nforme final en formato de texto abierto y PDF.
2. F
otografías digitales de los bienes en formato JPEG y TIFF. Para los grabados y pinturas
rupestres en formato RAW.
3. O
rtofotografías en formato JPEG y TIFF.
4. V
ídeos de los vuelos de dron en formato AVI y MP4.
5. M
odelos 3D en formato OBJ.
6. N
ubes de puntos en formato E57 (.e57) y RCP (.rcp).
Para el abono de la cantidad prevista en el convenio se exigirá la previa justificación mediante certificación de los gastos por dicha cuantía, expedida por el órgano que tenga atribuidas
las facultades de la toma de razón en contabilidad; certificación a la que se acompañará las
correspondientes facturas y demás justificaciones de gastos realizados, debiendo aportar los
justificantes de pago efectivo de los referidos gastos y facturas.
Toda la justificación deberá presentarse ante la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural con anterioridad al pago de la aportación de la Consejería y dentro del período para la ejecución de la actividad prevista y vigencia del mismo. La UEx deberá presentar
la documentación justificativa con fecha anterior al 10 de diciembre de 2024.
La UEx tiene la obligación de someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de
la gestión de los fondos recibidos pueda efectuar el órgano concedente, así como cualesquiera
otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones
anteriores.
Si el importe final de las actuaciones fuera inferior a la financiación total prevista para el presente convenio, la Consejería abonará únicamente la parte que corresponda efectivamente al
gasto realizado, liberándose los créditos restantes.
Todo exceso de la cantidad comprometida por la Consejería, como consecuencia de cualquier
modificación en las actuaciones, serán abonados por la UEx.
Séptima. Personal.
La dirección científica del proyecto podrá incorporar miembros de su grupo de investigación,
así como otros expertos en digitalización 3D del Patrimonio Cultural. De igual modo, podrá