Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062824)
Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diócesis de Plasencia para realizar las actuaciones recogidas en el proyecto de "Restauración de cubierta y artesonados de la iglesia de Santa Catalina" en Romangordo (Cáceres).
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NÚMERO 174
Viernes 6 de septiembre de 2024
43061
c) Justificación final:
Los gastos deberán estar pagados y justificados en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de finalización de la ejecución de las actuaciones relativas a las
obras, la cuales deben estar terminadas a fecha 31 de marzo de 2025.
La Diócesis deberá presentar la justificación final de la actuación objeto de este convenio, hasta totalizar el importe total de la actuación objeto de este convenio, mediante la
presentación de la siguiente documentación:
— Memoria o informe final de actuaciones, que refleje la situación inicial, la evolución
de las obras y la situación final. (conforme a las indicaciones recogidas en el anexo
IV incluido en el presente convenio).
— Documentación gráfica que acredite la correcta ejecución de todos los trabajos o
unidades de obra contempladas en el proyecto, así como el final de ejecución.
— Certificado final de obra por la persona que ejerza la dirección de la misma, así como
acta de recepción de la obra.
— Documentación gráfica: que acredite que se han adoptado las medidas de publicidad adecuadas para dar difusión pública de la financiación obtenida de la Junta de
Extremadura.
— Cuenta Justificativa del gasto firmada por la Diócesis deberá incluir una declaración
de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos
incurridos, debidamente ordenados y numerados, con especificación de los perceptores y los importes correspondientes, así como la forma y medios de pagos utilizados.
— Facturas debidamente relacionadas, totalizadas y desglosadas, que acrediten el gasto realizado, justifiquen la totalidad de la inversión efectuada y el cumplimiento íntegro de las actuaciones objeto del convenio.
— Documentos acreditativos del pago de las facturas.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. L
a Consejería asume, mediante la suscripción del presente convenio, las siguientes obligaciones:
a) Realizar el pago del compromiso económico asumido con la suscripción del presente
convenio en los términos regulados en el mismo.
Viernes 6 de septiembre de 2024
43061
c) Justificación final:
Los gastos deberán estar pagados y justificados en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de finalización de la ejecución de las actuaciones relativas a las
obras, la cuales deben estar terminadas a fecha 31 de marzo de 2025.
La Diócesis deberá presentar la justificación final de la actuación objeto de este convenio, hasta totalizar el importe total de la actuación objeto de este convenio, mediante la
presentación de la siguiente documentación:
— Memoria o informe final de actuaciones, que refleje la situación inicial, la evolución
de las obras y la situación final. (conforme a las indicaciones recogidas en el anexo
IV incluido en el presente convenio).
— Documentación gráfica que acredite la correcta ejecución de todos los trabajos o
unidades de obra contempladas en el proyecto, así como el final de ejecución.
— Certificado final de obra por la persona que ejerza la dirección de la misma, así como
acta de recepción de la obra.
— Documentación gráfica: que acredite que se han adoptado las medidas de publicidad adecuadas para dar difusión pública de la financiación obtenida de la Junta de
Extremadura.
— Cuenta Justificativa del gasto firmada por la Diócesis deberá incluir una declaración
de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos
incurridos, debidamente ordenados y numerados, con especificación de los perceptores y los importes correspondientes, así como la forma y medios de pagos utilizados.
— Facturas debidamente relacionadas, totalizadas y desglosadas, que acrediten el gasto realizado, justifiquen la totalidad de la inversión efectuada y el cumplimiento íntegro de las actuaciones objeto del convenio.
— Documentos acreditativos del pago de las facturas.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. L
a Consejería asume, mediante la suscripción del presente convenio, las siguientes obligaciones:
a) Realizar el pago del compromiso económico asumido con la suscripción del presente
convenio en los términos regulados en el mismo.