Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062824)
Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diócesis de Plasencia para realizar las actuaciones recogidas en el proyecto de "Restauración de cubierta y artesonados de la iglesia de Santa Catalina" en Romangordo (Cáceres).
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NÚMERO 174
43059
Viernes 6 de septiembre de 2024
1. L
a Junta de Extremadura, a través de la Consejería, aportará a la financiación del convenio la cantidad de doscientos mil euros (200.000,00 €), correspondiente al 29,33 % de la
financiación total del convenio, con la siguiente distribución:
AÑO
IMPORTE
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA
PROYECTO
FONDO
2024
190.685,03 €
1500300000 G/272A/78000
20240376
CAG0000001
2025
9.314,97 €
1500300000 G/272A/78000
20240376
CAG0000001
2. L
a Diócesis aportará a la financiación del convenio la cantidad de cuatrocientos ochenta y
un mil ochocientos sesenta y nueve euros con treinta y cinco céntimos (481.869,35 €), correspondiente al 70,67 % de la financiación total del convenio con cargo a sus presupuestos. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación
del convenio.
En el caso de que se produjera un incremento en el importe de los costes no contemplado
en el convenio, dicho incremento será sufragado por la Diócesis.
Cuarta. Pago y justificación.
1. P
ago.
El pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará la
Diócesis de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de ciento noventa mil seiscientos ochenta y cinco euros con
tres céntimos (190.685,03 €) de manera anticipada, una vez formalizado el convenio y
previa acreditación por parte la Diócesis de haber constituido una garantía del 100% del
mencionado importe anticipado (190.685,03 €), al no hallarse entre las entidades exentas de constitución de garantías según lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de
la Ley 5/2007 de 5 de abril, General de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta garantía se depositará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura a nombre de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes y, se mantendrá hasta un mes después de finalizado el periodo de vigencia del
convenio recogida en la cláusula novena de este convenio, con el fin de asegurar el pago
anticipado, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la citada Ley.
— Un segundo pago por importe de nueve mil trescientos catorce euros con noventa y
siente céntimos (9.314,97 €) en la anualidad 2025, una vez justificado el 100% del importe total del convenio.
43059
Viernes 6 de septiembre de 2024
1. L
a Junta de Extremadura, a través de la Consejería, aportará a la financiación del convenio la cantidad de doscientos mil euros (200.000,00 €), correspondiente al 29,33 % de la
financiación total del convenio, con la siguiente distribución:
AÑO
IMPORTE
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA
PROYECTO
FONDO
2024
190.685,03 €
1500300000 G/272A/78000
20240376
CAG0000001
2025
9.314,97 €
1500300000 G/272A/78000
20240376
CAG0000001
2. L
a Diócesis aportará a la financiación del convenio la cantidad de cuatrocientos ochenta y
un mil ochocientos sesenta y nueve euros con treinta y cinco céntimos (481.869,35 €), correspondiente al 70,67 % de la financiación total del convenio con cargo a sus presupuestos. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación
del convenio.
En el caso de que se produjera un incremento en el importe de los costes no contemplado
en el convenio, dicho incremento será sufragado por la Diócesis.
Cuarta. Pago y justificación.
1. P
ago.
El pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará la
Diócesis de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de ciento noventa mil seiscientos ochenta y cinco euros con
tres céntimos (190.685,03 €) de manera anticipada, una vez formalizado el convenio y
previa acreditación por parte la Diócesis de haber constituido una garantía del 100% del
mencionado importe anticipado (190.685,03 €), al no hallarse entre las entidades exentas de constitución de garantías según lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de
la Ley 5/2007 de 5 de abril, General de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta garantía se depositará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura a nombre de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes y, se mantendrá hasta un mes después de finalizado el periodo de vigencia del
convenio recogida en la cláusula novena de este convenio, con el fin de asegurar el pago
anticipado, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la citada Ley.
— Un segundo pago por importe de nueve mil trescientos catorce euros con noventa y
siente céntimos (9.314,97 €) en la anualidad 2025, una vez justificado el 100% del importe total del convenio.