Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062815)
Resolución de 29 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y la Universidad Católica de Ávila, para la realización de estudios mediante la utilización de biofertilizantes y bioestimulantes microbianos.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 173
Jueves 5 de septiembre de 2024

43017

trabajos en CICYTEX, con la finalidad de poner en común técnicas, metodológicas, datos, información etc. que se consideren de interés entre las partes.
Durante el tiempo en el que los trabajadores, de uno u otro centro de trabajo, estén en el
centro al que no pertenecen, habrán de adaptarse a los horarios y reglas de funcionamiento
interno del mismo.
Así mismo, la relación laboral de los trabajadores es exclusiva con su respectivo centro de
trabajo, siendo el centro de trabajo de adscripción el responsable durante el tiempo en el
que los trabajadores estén fuera de su centro de trabajo, de cualquier cobertura por posibles
incidencias que pudieran producirse durante ese periodo de tiempo en las instalaciones del
centro al que no se encuentre adscrito el trabajador, quedando tanto el CICYTEX como la
UCAV exentos de responsabilidad de cualquier naturaleza hacia los trabajadores ajenos a sus
centros de trabajo.
Quinta. Contenido económico.
Este convenio de colaboración no supondrá incremento de gastos de personal ni de materiales para las instituciones participantes; los compromisos asumidos por el CICYTEX y la UCAV
se integran dentro de las funciones propias de las instituciones, no generando obligaciones
económicas para los mismos.
Sexta. Comisión de Seguimiento.
Con el objetivo de contribuir al cumplimiento de lo dispuesto en este convenio y dirimir
aquellas cuestiones que pudieran surgir en su interpretación, se constituye una Comisión de
Seguimiento, integrada por un representante designado por cada una de las partes firmantes,
que se reunirá a instancia de cualquiera de las partes.
La Comisión, en relación con este convenio, tendrá las siguientes funciones:
a) Coordinar las actuaciones necesarias para su ejecución.
b) Velar por el cumplimiento y seguimiento de cuanto en él queda establecido.
c) Resolver cuantas circunstancias e incidencias se produzcan como consecuencia de su
interpretación y ejecución.
Séptima. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
La titularidad de los derechos de propiedad intelectual e industrial que puedan surgir a raíz
de los trabajos de investigación y evaluación desarrollados en el marco del presente convenio