Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062780)
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de almazara en el término municipal de Arroyo de San Serván, cuya promotora es la Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales. Expte.: IA24/0661.
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NÚMERO 171
Martes 3 de septiembre de 2024
42623
— Se procederá previamente al inicio de los correspondientes movimientos de tierra a la
retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores de restauración
del terreno.
— Los movimientos de tierra se limitarán a los necesarios para la construcción de las
instalaciones. Estos se limitarán a la zona de obras, estando prohibida la realización
de cualquier tipo de desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la
zona de actuación. Estos movimientos de tierra no deberán provocar procesos erosivos
derivados de los mismos. Así como también se dispondrán las medidas necesarias que
eviten procesos erosivos en taludes y explanaciones.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos. Para la ubicación
del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se
evitará generar explanaciones fuera de la zona de actuación.
— Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos
existentes con el terreno con exceso de humedad. Durante los periodos de tiempo en
que la maquinaria no esté en funcionamiento, ésta permanecerá en los lugares designados como parque de maquinaria.
— Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos,
acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones
e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
— Las áreas de acopio y el parque de maquinaria se ubicarán en un lugar adecuado, tomando las medidas necesarias de protección de los materiales para evitar posibles derrames accidentales y arrastres hacia la red de drenaje natural. El parque de maquinaria
se situará en zonas previamente degradadas o carentes de vegetación.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la
maquinaria se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación
y tratamiento por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá la normativa relativa a
residuos.
— Los caminos que se hayan visto afectados durante la ejecución de las obras serán restituidos a su estado original.
Martes 3 de septiembre de 2024
42623
— Se procederá previamente al inicio de los correspondientes movimientos de tierra a la
retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores de restauración
del terreno.
— Los movimientos de tierra se limitarán a los necesarios para la construcción de las
instalaciones. Estos se limitarán a la zona de obras, estando prohibida la realización
de cualquier tipo de desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la
zona de actuación. Estos movimientos de tierra no deberán provocar procesos erosivos
derivados de los mismos. Así como también se dispondrán las medidas necesarias que
eviten procesos erosivos en taludes y explanaciones.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos. Para la ubicación
del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se
evitará generar explanaciones fuera de la zona de actuación.
— Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos
existentes con el terreno con exceso de humedad. Durante los periodos de tiempo en
que la maquinaria no esté en funcionamiento, ésta permanecerá en los lugares designados como parque de maquinaria.
— Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos,
acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones
e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
— Las áreas de acopio y el parque de maquinaria se ubicarán en un lugar adecuado, tomando las medidas necesarias de protección de los materiales para evitar posibles derrames accidentales y arrastres hacia la red de drenaje natural. El parque de maquinaria
se situará en zonas previamente degradadas o carentes de vegetación.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, lavados, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la
maquinaria se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación
y tratamiento por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá la normativa relativa a
residuos.
— Los caminos que se hayan visto afectados durante la ejecución de las obras serán restituidos a su estado original.