Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062792)
Resolución de 27 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado a través del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en materia de estadística, año 2024.
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NÚMERO 170

42478

Lunes 2 de septiembre de 2024

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla, en un determinado plazo, con las obligaciones o compromisos
que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del
mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
 or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
En el caso de resolución anticipada del convenio las actuaciones en curso continuarán efectuándose hasta su completa finalización, en un plazo improrrogable que será fijado por las
partes cuando se resuelva el convenio, pero no se iniciarán nuevas actuaciones.
Octava. Régimen jurídico y resolución de conflictos o jurisdicción.
El presente convenio cumple lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente
convenio, que no hayan podido ser resueltas por la Comisión de seguimiento, serán de conocimiento por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, las
partes firman el presente convenio electrónicamente.

El Ministro de Agricultura, Pesca
y Alimentación,
PD, Orden APA/21/2019, de 10 de enero.

La Presidenta de La Junta de Extremadura,
PD, Decreto de la Presidenta 28/2023,
de 16 de agosto.

El Subsecretario,

La Consejera de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible,

ERNESTO ABATI GARCÍA-MANSO

MERCEDES MORÁN ÁLVAREZ