Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024062681)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de la ayuda para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. (Ayudas a la realización de proyectos de investigación en los Centros Públicos de Investigación). (Línea 2).
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NÚMERO 170
Lunes 2 de septiembre de 2024
42499
Europeo de Investigación, del Plan Nacional y los Planes Regionales de I+D+i de otras
Comunidades Autónomas.
Cuarto. Convocatoria y concesión de la ayuda.
La convocatoria de la ayuda será publicada en el Diario Oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es), junto al extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, indicando los créditos disponibles.
Tanto las bases reguladoras como la convocatoria se podrán consultar en el punto de acceso
general electrónico de los Servicios y Trámites, a través de la dirección web:
https://www.juntaex.es.
La concesión de esta ayuda se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, conforme a lo previsto
en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con
los criterios de valoración fijados en el resuelvo sexto de la presente resolución.
La adjudicación de la ayuda se realizará a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación, en la aplicación de los criterios de valoración contenidos en la presente convocatoria,
con el límite del crédito disponible.
Quinto. Características de los proyectos subvencionables.
1. L
os proyectos de investigación se desarrollarán en los ámbitos de intervención RIS3 Extremadura 2027, que se recogen en el anexo I de esta convocatoria, estos proyectos tendrán
una duración máxima de 3 anualidades completas, a contar desde el día siguiente de la
fecha de publicación de la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura.
2. S
olo podrán presentarse por una modalidad de ayuda convocada, siendo la cuantía máxima
de la ayuda de 120.000 euros para proyectos que incluyan la contratación del personal,
exceptos para los proyectos Emergentes en los que al incluir el contrato del IP será de
150.000 euros. Los proyectos que no incluyan contratación de personal tendrán una subvención máxima de 60.000 euros.
3. L
os proyectos que impliquen investigación en humanos o utilización de muestras de origen
humano deberán ajustarse a la normativa legal correspondiente y a las normas deontológicas establecidas para tales casos, en concreto, deberán ajustarse a lo previsto en la
Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica, modificada por la Ley 14/2011,
de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como lo dispuesto en el Real
Lunes 2 de septiembre de 2024
42499
Europeo de Investigación, del Plan Nacional y los Planes Regionales de I+D+i de otras
Comunidades Autónomas.
Cuarto. Convocatoria y concesión de la ayuda.
La convocatoria de la ayuda será publicada en el Diario Oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es), junto al extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, indicando los créditos disponibles.
Tanto las bases reguladoras como la convocatoria se podrán consultar en el punto de acceso
general electrónico de los Servicios y Trámites, a través de la dirección web:
https://www.juntaex.es.
La concesión de esta ayuda se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, conforme a lo previsto
en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con
los criterios de valoración fijados en el resuelvo sexto de la presente resolución.
La adjudicación de la ayuda se realizará a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación, en la aplicación de los criterios de valoración contenidos en la presente convocatoria,
con el límite del crédito disponible.
Quinto. Características de los proyectos subvencionables.
1. L
os proyectos de investigación se desarrollarán en los ámbitos de intervención RIS3 Extremadura 2027, que se recogen en el anexo I de esta convocatoria, estos proyectos tendrán
una duración máxima de 3 anualidades completas, a contar desde el día siguiente de la
fecha de publicación de la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura.
2. S
olo podrán presentarse por una modalidad de ayuda convocada, siendo la cuantía máxima
de la ayuda de 120.000 euros para proyectos que incluyan la contratación del personal,
exceptos para los proyectos Emergentes en los que al incluir el contrato del IP será de
150.000 euros. Los proyectos que no incluyan contratación de personal tendrán una subvención máxima de 60.000 euros.
3. L
os proyectos que impliquen investigación en humanos o utilización de muestras de origen
humano deberán ajustarse a la normativa legal correspondiente y a las normas deontológicas establecidas para tales casos, en concreto, deberán ajustarse a lo previsto en la
Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica, modificada por la Ley 14/2011,
de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como lo dispuesto en el Real