Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Permisos. (2024050153)
Orden de 29 de agosto de 2024 por la que se regula el régimen de permisos del personal docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 169

42190

Viernes 30 de agosto de 2024

de Educación que se reunirá con carácter anual a fin de extraer conclusiones del desarrollo y
aplicación de la presente orden.
Disposición derogatoria única. Normativa derogada.
Queda derogado el Acuerdo I sobre medidas de conciliación de la vida laboral y familiar para
el desarrollo de las condiciones laborales del profesorado en el marco de la mejora del sistema
educativo extremeño, así como el Acuerdo II sobre la reducción de jornada para mayores de
55 años, publicados mediante la Resolución de 14 de febrero de 2007, de la Dirección General
de Trabajo, en todo lo que se opongan a lo regulado en la presente orden.
Asimismo, quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que contradigan o se
opongan a lo dispuesto en la presente orden.
En particular, queda derogada la Orden de 19 de agosto de 2022, por la que se regula el
régimen de permisos del personal docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de Educación de la Junta de Extremadura.
Disposición final primera. Autorización de desarrollo.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Personal Docente para que dicte
cuantas instrucciones sean precisas para la aplicación de la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2024.
Mérida, 29 de agosto de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO