Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062765)
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Agraz, SAU, en Villafranco del Guadiana.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 168
Jueves 29 de agosto de 2024

42029

ANEXO III
INFORME DE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
INFORME SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES DEPURADAS
PROCEDENTES DE UNA FÁBRICA DE CONSERVAS VEGETALES A PARTIR DEL TOMATE, EN
VILLAFRANCO DEL GUADIANA (TÉRMINO MUNICIPAL DE BADAJOZ).
— PROCEDIMIENTO: Modificación de la autorización ambiental integrada.
PETICIONARIO DE AUTORIZACIÓN: AGRAZ, SAU.
Ref. Expte. Órgano Ambiental: AAI 07/9.1.b.2/1.
Ref. Expte. CHG: AAI-001/09-BA.
Mediante Resolución de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de fecha 1 de
abril de 2009, se otorgó autorización ambiental integrada a la fábrica de conservas vegetales
a partir del tomate, situada en el tm de Villafranco del Guadiana (Badajoz), de la que AGRAZ,
SAU es titular.
Posteriormente, mediante resolución de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de fecha 28 de octubre de 2013, se revisó la citada Autorización Ambiental Integrada.
Con fecha 10 de marzo de 2016, la Jefa de Servicio de Protección Ambiental, de la Dirección
General de Medio Ambiente (DGMA), de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas
Agrarias y Territorio, comunicó a la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) la solicitud de modificación efectuada por AGRAZ, SAU, aportando determinada documentación que
ha sido posteriormente completada y subsanada.
Debido a un incremento de producción, se solicita un aumento del volumen anual máximo
de aguas residuales depuradas que se autoriza a verter al Arroyo Potosí (o de la Sangre), a
través del desagüe D-5 del sector I de la zona regable del Canal de Lobón, de 500.000 m3 a
579.600 m3.
Asimismo, y con objeto de garantizar el tratamiento adecuado del nuevo volumen de aguas
residuales, se propone la ejecución de las siguientes actuaciones en la Estación Depuradora
de Aguas Residuales Industriales (EDARI):
• sistema de elevación: instalación de dos bombas autoaspirantes;
• separación de arenas: ampliación mediante la instalación de un equipo adicional;