Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062762)
Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Reforma de línea de alta tensión a 20 kV "Valle de Santa Ana" para mejora del suministro eléctrico en el término municipal de Valle de Santa Ana (Badajoz)", a realizar en los términos municipales de Valle de Santa Ana y Jerez de los Caballeros, en la provincia de Badajoz, cuya promotora es Distribución de Electricidad Valle de Santa Ana, SLU. Expte.: IA23/1511.
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NÚMERO 167
Miércoles 28 de agosto de 2024

41890

El resultado de las contestaciones recibidas de las distintas Administraciones públicas y personas interesadas, se resume a continuación:
— Con fecha de 19 de abril de 2024, el Servicio de Urbanismo emite informe en el que
indica que en el término municipal de Valle de Santa Ana se encuentran actualmente
vigentes las Normas Subsidiarias, aprobadas definitivamente por Resolución de 25 de
febrero de 1998, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicadas en el DOE n.º 121, de 22 de octubre de 1998. Y que en virtud de lo
establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, corresponde
al Municipio de Valle de Santa Ana realizar el control de legalidad de las actuaciones,
mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso
corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento y al resto de
legislación aplicable.
— Con fecha de 24 de abril de 2024, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que el proyecto no conlleva afección sobre
el patrimonio arqueológico conocido. No obstante, y como medida preventiva de cara
a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá adoptar la medida
correctora indicada en su informe, que se incluirá en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 20 de mayo de 2024, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite
informe en el que indica que la línea discurre en gran parte de su recorrido por un área
de dehesas de encinas y alcornoques y algunas de éstas podrían verse afectadas por
el proyecto. No obstante, su ejecución se considera asumible sin poner en riesgo los
valores forestales del entorno, si bien en su replanteo definitivo se debe minimizar y/o
evitar la afección a la vegetación, evitando su eliminación siempre que se pueda optar
por otra solución (pequeña variación del trazado o poda razonable del ejemplar).
Este Servicio informa favorablemente el proyecto al considerar que no supondrá una afección
forestal importante, siempre que se cumplan las medidas indicadas en su informe, que se
incluirán en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 3 de junio de 2024, el Servicio de Ordenación del Territorio emite informe
en el que indica que a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de
Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo
y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo,
no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan