Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanzas Deportivas. (2024062768)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en periodo transitorio, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 166
41841
Martes 27 de agosto de 2024
previo a la celebración de las pruebas. La presidencia de cada Comisión de Evaluación podrá designar asesores si fueran precisos para garantizar la correcta elaboración, aplicación,
corrección y evaluación de las pruebas.
3. Las Comisiones de Evaluación, como órganos colegiados, se regirán por lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto. Fecha y lugar de realización de las pruebas.
1. Los aspirantes que no reúnan los requisitos académicos referidos en los apartados 1 y 2
del artículo 2 de la Orden de 24 de agosto de 2016, modificada por la Orden 24 de mayo
de 2023, realizarán las pruebas de madurez en IES Al-Qázeres, de Cáceres, durante la
primera quincena del mes de septiembre, en el día y hora que la Comisión Evaluadora determine y haga públicos con suficiente antelación en la página web y el tablón de anuncios
del citado centro educativo.
2. Los aspirantes que reúnan los requisitos referidos en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 3 de
la Orden de 24 de agosto de 2016, modificada por la Orden 24 de mayo de 2023, realizarán
las pruebas de acceso específicas (si procede en cada caso) durante la segunda quincena
del mes de septiembre, en lugar, día y hora que la Comisión Evaluadora determine y haga
públicos con suficiente antelación en la página web y el tablón de anuncios del citado centro
educativo.
Séptimo. Estructura de las pruebas.
La estructura de las pruebas de acceso y los criterios de evaluación se adecuarán a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 24 de agosto de 2016, modificada por la Orden de 24
de mayo de 2023.
Octavo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo
de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio
de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 31 de julio de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA
41841
Martes 27 de agosto de 2024
previo a la celebración de las pruebas. La presidencia de cada Comisión de Evaluación podrá designar asesores si fueran precisos para garantizar la correcta elaboración, aplicación,
corrección y evaluación de las pruebas.
3. Las Comisiones de Evaluación, como órganos colegiados, se regirán por lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto. Fecha y lugar de realización de las pruebas.
1. Los aspirantes que no reúnan los requisitos académicos referidos en los apartados 1 y 2
del artículo 2 de la Orden de 24 de agosto de 2016, modificada por la Orden 24 de mayo
de 2023, realizarán las pruebas de madurez en IES Al-Qázeres, de Cáceres, durante la
primera quincena del mes de septiembre, en el día y hora que la Comisión Evaluadora determine y haga públicos con suficiente antelación en la página web y el tablón de anuncios
del citado centro educativo.
2. Los aspirantes que reúnan los requisitos referidos en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 3 de
la Orden de 24 de agosto de 2016, modificada por la Orden 24 de mayo de 2023, realizarán
las pruebas de acceso específicas (si procede en cada caso) durante la segunda quincena
del mes de septiembre, en lugar, día y hora que la Comisión Evaluadora determine y haga
públicos con suficiente antelación en la página web y el tablón de anuncios del citado centro
educativo.
Séptimo. Estructura de las pruebas.
La estructura de las pruebas de acceso y los criterios de evaluación se adecuarán a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 24 de agosto de 2016, modificada por la Orden de 24
de mayo de 2023.
Octavo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo
de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio
de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 31 de julio de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA