Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024062680)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 1.
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NÚMERO 165
Lunes 26 de agosto de 2024
41737
d) En la justificación intermedia, se adjuntarán copias de los contratos de trabajo del
personal financiado con cargo a la ayuda y en la justificación final, además, se deberá
presentar la vida laboral de los mismos, en el periodo de vigencia de la ayuda.
4. U
na vez realizada ambas memorias, (tanto económica como científico-técnica) el sistema
generará un certificado de la justificación, que deberá ser firmado, por el representante
legal del organismo beneficiario, y registrado en cualquiera de los lugares previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
El certificado firmado y registrado se subirá en la plataforma https://ayudaspri.juntaex.es .
5. E
n el certificado de la justificación se hará constar la relación de los gastos correspondientes a cada expediente por el periodo a justificar, según los siguientes extremos:
a) Que las cantidades recibidas, han sido debidamente registradas en la contabilidad de la
entidad.
b) Que los fondos percibidos se han destinado a realizar la actividad para la que fueron
concedidos.
c) Que la declaración de estos gastos es exacta y se ha efectuado a partir de sistemas de
contabilidad basados en justificantes comprobables.
d) Que la documentación original acreditativa del gasto realizado y efectivamente pagado
se encuentra en las dependencias de la entidad beneficiaria, a disposición de las comprobaciones que procedan e identificando al responsable de su custodia.
6. L
a justificación económica se efectuará, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.9
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la certificación de su intervención, en el caso de la Universidad de
Extremadura, o en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma
de razón en contabilidad, para el resto de agentes del SECTI, respecto de los gastos y
pagos realizados y del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la ayuda,
acompañados, en su caso, de las listas de comprobación, así como los informes de control
efectuados sobre los gastos que se certifican.
La documentación justificativa de los gastos realizados deberá indicar el porcentaje de imputación del gasto a la ayuda concedida y la financiación mediante Fondos FEDER.
7. En relación con el régimen de pagos, la subvención regulada en la presente resolución
queda exenta del régimen de garantías, para recibir pagos anticipados, según lo dispuesto
Lunes 26 de agosto de 2024
41737
d) En la justificación intermedia, se adjuntarán copias de los contratos de trabajo del
personal financiado con cargo a la ayuda y en la justificación final, además, se deberá
presentar la vida laboral de los mismos, en el periodo de vigencia de la ayuda.
4. U
na vez realizada ambas memorias, (tanto económica como científico-técnica) el sistema
generará un certificado de la justificación, que deberá ser firmado, por el representante
legal del organismo beneficiario, y registrado en cualquiera de los lugares previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
El certificado firmado y registrado se subirá en la plataforma https://ayudaspri.juntaex.es .
5. E
n el certificado de la justificación se hará constar la relación de los gastos correspondientes a cada expediente por el periodo a justificar, según los siguientes extremos:
a) Que las cantidades recibidas, han sido debidamente registradas en la contabilidad de la
entidad.
b) Que los fondos percibidos se han destinado a realizar la actividad para la que fueron
concedidos.
c) Que la declaración de estos gastos es exacta y se ha efectuado a partir de sistemas de
contabilidad basados en justificantes comprobables.
d) Que la documentación original acreditativa del gasto realizado y efectivamente pagado
se encuentra en las dependencias de la entidad beneficiaria, a disposición de las comprobaciones que procedan e identificando al responsable de su custodia.
6. L
a justificación económica se efectuará, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.9
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la certificación de su intervención, en el caso de la Universidad de
Extremadura, o en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma
de razón en contabilidad, para el resto de agentes del SECTI, respecto de los gastos y
pagos realizados y del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la ayuda,
acompañados, en su caso, de las listas de comprobación, así como los informes de control
efectuados sobre los gastos que se certifican.
La documentación justificativa de los gastos realizados deberá indicar el porcentaje de imputación del gasto a la ayuda concedida y la financiación mediante Fondos FEDER.
7. En relación con el régimen de pagos, la subvención regulada en la presente resolución
queda exenta del régimen de garantías, para recibir pagos anticipados, según lo dispuesto