Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024062680)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 1.
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NÚMERO 165

41735

Lunes 26 de agosto de 2024

Decimoquinto. Financiación.
1. El crédito previsto para la convocatoria de la anualidad 2024 asciende a 6.295.000 euros y se distribuye 3 ejercicios presupuestarios. Esta ayuda se financia con cargo a las
aplicaciones

presupuestarias

43200/FD211A1102,

130060000/331B/40000/FD211A1102,130060000/331B/

130060000/331B/43900/FD211A1102,

130060000/331B/44000/

FD211A1102, 130060000/331B/46000/FD211A1102, en el proyecto de gastos 20230006
denominado “Financiación de los Grupos de Investigación de Extremadura para realizar sus
actividades de I+D+I” y fuente de financiación FD211A1102, con el siguiente desglose:
Aplicación presupuestaria

130060000/331B/40000/FD211A1102
130060000/331B/43200/FD211A1102

2024

2025

2027

40%

40%

20%

72.000,00

72.000,00

36.000,00

TOTAL

180.000,00

2.040.000,00 2.040.000,00 1.020.000,00 5.100.000,00

130060000/331B/43900/FD211A1102

200.000,00

200.000,00

100.000,00

500.000,00

130060000/331B/44000/FD211A1102

196.000,00

196.000,00

98.000,00

490.000,00

130060000/331B/46000/FD211A1102

10.000,00

10.000,00

5.000,00

25.000,00

TOTAL

2.518.000,00 2.518.000,00 1.259.000,00 6.295.000,00

2. L
 as ayudas comprendidas en la presente convocatoria serán cofinanciadas al 85% por el
Programa FEDER Extremadura 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1.a) “una Europa
más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e
inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones”, Prioridad P1A “Transición digital e inteligente” y Objetivo Específico RSO1.1
“Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías
avanzadas”.
3. De conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los créditos presupuestarios a los que
se imputan la ayuda y la cuantía total de las mismas, podrá aumentarse hasta un 20 %
de la cuantía inicial, o hasta la que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia
de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables,
siempre antes de resolver la concesión de las mismas, sin necesidad de abrir una nueva
convocatoria.