Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024062680)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, línea 1.
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NÚMERO 165
Lunes 26 de agosto de 2024

41719

4. Indicadores.
Se cumplirá con lo dispuesto en el artículo 8 y anexos I y II del Reglamento (EU) 2021/1058
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Del mismo modo serán de aplicación cuantas
normas y guías se establezcan para el cálculo y determinación de los indicadores FEDER.
En este sentido, el beneficiario facilitará la información necesaria para el cálculo del indicador de realización RCO 06: “Investigadores que trabajan en instalaciones de investigación
apoyadas” y el indicador de resultado RCR 08: “Publicaciones realizadas por proyectos
apoyados”.
Sexto. Características y cuantía de la ayuda.
1. E
 l periodo de ejecución de esta ayuda será del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de
2026.
2. El grupo de investigación presentará el Plan de Actividades de I+D+I (en adelante Plan de
Actividades) que pretende realizar durante dicho periodo en el que especificará detalladamente el objeto y la finalidad, así como el presupuesto necesario para su desarrollo.
Solamente se podrán realizar modificaciones del Plan de Actividades siempre que concurran
causas suficientemente justificadas o que se produzcan circunstancias sobrevenidas y no
previstas en el Plan de Actividades inicial y no superen el 20% de la cuantía total de la ayuda concedida. Estas modificaciones deberán ser comunicadas por la persona que coordina
el grupo al órgano gestor.
Cuando las modificaciones del Plan de Actividades o la suma de éstas, si las hubiera, superen el 20% de la cuantía de la ayuda total concedida, deberán ser autorizadas previamente
por el órgano gestor. Tanto la solicitud de las modificaciones por parte de la persona coordinadora del grupo como su autorización por el órgano gestor se realizará a través de la
página web https://ayudaspri.juntaex.es.
Toda modificación del plan deberá comunicarse al menos con un mes de antelación a la
ejecución del gasto.
3. L
 a puntuación final otorgada a cada grupo de investigación será la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de su Memoria de Actividades Científico-Técnicas (en
adelante Memoria), correspondiente a los tres años anteriores al de la publicación de la
convocatoria, la coordinación del grupo de investigación y la integración del personal investigador doctor del grupo en Institutos Universitarios.