Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024062745)
Resolución de 17 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, sugerencias, así como el periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41632
teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el procedimiento de aprobación de
las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos
se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta,
audiencia e información pública.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación
del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de que
cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto indicado y
formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas.
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma podrán manifestar su opinión, en el formulario anexo a la presente resolución, con base
en lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
Mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de
programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (BOE n.º 89, de 14 de abril
de 2021), estableciendo un modelo para la concesión de ayudas basado en la colaboración
con las comunidades autónomas que pueden desarrollar su tramitación y efectuar la gestión de los fondos, con arreglo a criterios ajustados a los principios constitucionales y al
orden de distribución de competencias.
Siendo preciso desarrollar las bases estatales por la Comunidad Autónoma de Extremadura, posteriormente, se aprobó el Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad
eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
Dicho decreto fue modificado con posterioridad mediante el Decreto 117/2022, de 14 de
septiembre (DOE n.º 181, de 20 de septiembre de 2022), para adaptarse a la Decisión
de Ejecución del Consejo de fecha 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia Español en el que, dentro de la Componente
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU»
Viernes 23 de agosto de 2024
41632
teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el procedimiento de aprobación de
las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos
se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta,
audiencia e información pública.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación
del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de que
cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto indicado y
formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas.
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma podrán manifestar su opinión, en el formulario anexo a la presente resolución, con base
en lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
Mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de
programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (BOE n.º 89, de 14 de abril
de 2021), estableciendo un modelo para la concesión de ayudas basado en la colaboración
con las comunidades autónomas que pueden desarrollar su tramitación y efectuar la gestión de los fondos, con arreglo a criterios ajustados a los principios constitucionales y al
orden de distribución de competencias.
Siendo preciso desarrollar las bases estatales por la Comunidad Autónoma de Extremadura, posteriormente, se aprobó el Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad
eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
Dicho decreto fue modificado con posterioridad mediante el Decreto 117/2022, de 14 de
septiembre (DOE n.º 181, de 20 de septiembre de 2022), para adaptarse a la Decisión
de Ejecución del Consejo de fecha 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia Español en el que, dentro de la Componente
«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU»