Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2024040156)
Decreto 72/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41534
La solicitud de la ayuda, conforme al modelo que figura en el anexo I podrá presentarse:
— En caso de personas físicas no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos,
en cualquiera de los registros y oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la
Junta de Extremadura establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, a través
del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para
presentar la solicitud o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— En caso de personas jurídicas y agrupaciones de personas físicas y jurídicas, a través
del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para
presentar la solicitud o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4.a) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes deberán acompañarse de los documentos que se especifican en el artículo 9
del presente decreto.
El procedimiento electrónico completo estará ubicado en el Punto de Acceso General, en la
dirección https://www.juntaex.es/w/0691724.
Sexto. Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento. Plazos de resolución y
notificación.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a la persona titular de la Jefatura de Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la
Dirección General de Trabajo.
2. La competencia para resolver corresponde a la persona titular de la Secretaría General de
la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
3. E
l plazo máximo para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de tres meses
a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria, en virtud de establecido en el
artículo 25.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La falta de notificación de resolución expresa de la concesión dentro
del plazo máximo para resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su
solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo
22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Viernes 23 de agosto de 2024
41534
La solicitud de la ayuda, conforme al modelo que figura en el anexo I podrá presentarse:
— En caso de personas físicas no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos,
en cualquiera de los registros y oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la
Junta de Extremadura establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, a través
del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para
presentar la solicitud o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— En caso de personas jurídicas y agrupaciones de personas físicas y jurídicas, a través
del punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para
presentar la solicitud o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4.a) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes deberán acompañarse de los documentos que se especifican en el artículo 9
del presente decreto.
El procedimiento electrónico completo estará ubicado en el Punto de Acceso General, en la
dirección https://www.juntaex.es/w/0691724.
Sexto. Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento. Plazos de resolución y
notificación.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a la persona titular de la Jefatura de Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la
Dirección General de Trabajo.
2. La competencia para resolver corresponde a la persona titular de la Secretaría General de
la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
3. E
l plazo máximo para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de tres meses
a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria, en virtud de establecido en el
artículo 25.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La falta de notificación de resolución expresa de la concesión dentro
del plazo máximo para resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su
solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo
22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.