Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2024040156)
Decreto 72/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 164
Viernes 23 de agosto de 2024
41516
Extremeña y sus Servicios Administrativos (DEHESA), debiendo constar dicho consentimiento en la solicitud.
En el supuesto de que la persona interesada o en su caso, su representante legal,
no prestara su consentimiento, ésta o éste quedará obligada a aportar la referida
documentación.
4º. Asimismo, en el caso de comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad
jurídica, se debe presentar declaración firmada por todos los integrantes de la entidad donde se indiquen los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro
de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos,
que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá
nombrarse una persona representante o apoderado/a único/a de la agrupación, con
poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
b) Declaración responsable de las subvenciones u otras ayudas públicas de cualquier régimen de minimis recibidas en los tres últimos ejercicios. Para ello deberán formalizar el
anexo II que acompaña al presente decreto.
c) Memoria, cumplimentando el modelo recogido en el anexo III, donde se recojan los
siguientes aspectos:
1º. Descripción de los equipos de trabajo, medios o instalaciones cuya adquisición fundamenta la solicitud de la subvención y, en su caso, de los equipos o materiales que
se van a eliminar, adjuntando a la memoria, cuando proceda, la documentación que
justifique el cumplimiento de los requisitos sobre certificación y comercialización
exigidos en este decreto y fotografías de los equipos, elementos o materiales que
van a ser sustituidos o retirados. En el caso de sustitución de equipos de trabajo,
justificación de que la antigüedad de las mismas es superior a diez años desde la
fecha de fabricación.
2º. J ustificación de la inversión prevista en base a las mejoras en seguridad y salud
laboral producidas como consecuencia de la inversión.
3º. Importe pormenorizado e individualizado de las inversiones para las que se solicita
la subvención, sin incluir el IVA.
d) Acreditación de la organización preventiva establecida en la empresa en todas las disciplinas o especialidades: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y/o
Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo. Si tiene concierto/s con servicio/s de
Viernes 23 de agosto de 2024
41516
Extremeña y sus Servicios Administrativos (DEHESA), debiendo constar dicho consentimiento en la solicitud.
En el supuesto de que la persona interesada o en su caso, su representante legal,
no prestara su consentimiento, ésta o éste quedará obligada a aportar la referida
documentación.
4º. Asimismo, en el caso de comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad
jurídica, se debe presentar declaración firmada por todos los integrantes de la entidad donde se indiquen los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro
de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos,
que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá
nombrarse una persona representante o apoderado/a único/a de la agrupación, con
poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
b) Declaración responsable de las subvenciones u otras ayudas públicas de cualquier régimen de minimis recibidas en los tres últimos ejercicios. Para ello deberán formalizar el
anexo II que acompaña al presente decreto.
c) Memoria, cumplimentando el modelo recogido en el anexo III, donde se recojan los
siguientes aspectos:
1º. Descripción de los equipos de trabajo, medios o instalaciones cuya adquisición fundamenta la solicitud de la subvención y, en su caso, de los equipos o materiales que
se van a eliminar, adjuntando a la memoria, cuando proceda, la documentación que
justifique el cumplimiento de los requisitos sobre certificación y comercialización
exigidos en este decreto y fotografías de los equipos, elementos o materiales que
van a ser sustituidos o retirados. En el caso de sustitución de equipos de trabajo,
justificación de que la antigüedad de las mismas es superior a diez años desde la
fecha de fabricación.
2º. J ustificación de la inversión prevista en base a las mejoras en seguridad y salud
laboral producidas como consecuencia de la inversión.
3º. Importe pormenorizado e individualizado de las inversiones para las que se solicita
la subvención, sin incluir el IVA.
d) Acreditación de la organización preventiva establecida en la empresa en todas las disciplinas o especialidades: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y/o
Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo. Si tiene concierto/s con servicio/s de