Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062718)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el desarrollo del Instituto de Comercio de Proximidad de Extremadura 2024-2027.
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NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024

41179

La memoria económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal
de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, donde se especifiquen los
gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados
conforme a la naturaleza del gasto. Dicha memoria, se remitirá a la Secretaría General
de Economía, Empresa y Comercio en formato papel y en fichero electrónico.
Para la justificación de los gastos y los pagos realizados, en lugar de la documentación
en soporte original, se deberá presentar:


— Certificado de Justificación de Inversiones del Consejero Delegado de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, respecto de los gastos y pagos realizados
y del cumplimiento de la finalidad de cada una de las trasferencias específicas (Anexo
1: CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES).



— La cuenta justificativa, entendida como operación de pago, se realizará mediante un
cuadro resumen al inicio de la misma, con identificación de los gastos según su naturaleza (Anexo 2: CUADRO RESUMEN DE LAS ACTIVIDADES DE LA TRANSFERENCIA).
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos de
forma pormenorizada sin que sea necesario acompañar las facturas y justificantes de
pago. Esta relación de gastos se remitirá a la Secretaría General de Economía, Empresa
y Comercio en fichero electrónico junto a la cuenta justificativa (Anexo 3: RELACIÓN DE
FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO).
Referente al personal imputado a la transferencia, la memoria económica incluirá una
relación nominativa firmada y sellada por el órgano competente (Anexo 4: GASTOS DE
PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA). El porcentaje de
imputación de los costes salariales incurridos por cada técnico se obtendrá del cociente
entre el número de horas efectivamente imputables, registrado en el sistema de control,
y 1652 hora anuales.
En relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad
y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto (Anexo 5: DIETAS
Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA).
La contratación de personal externo a la empresa se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral
vigente.