Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062717)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el desarrollo del Programa de impulso al comercio y a la artesanía, 2024.
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NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024

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en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones
y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor; así como las
competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información
y telecomunicaciones. Así mismo ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo
y administración electrónica.
A tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se
aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, bajo la superior dirección
de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones previstas en el artículo
59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio le corresponde la gestión de las competencias en materia de política económica, comercio exterior
e inversiones, comercio interior, promoción y defensa de la competencia, y unidad de mercado, así como estadística. Concretamente, y como dispone el apartado 6 del mismo artículo 3,
en materia de comercio interior corresponde a la Secretaría General de Economía, Empresa y
Comercio el desempeño de las siguientes funciones:
a) Con carácter general todas las competencias de gestión y ejecución en materia de comercio interior, que ostente la Junta de Extremadura.
b) El desarrollo de actuaciones informativas, de inspección y control que garanticen la aplicación y el cumplimiento de la legislación en la materia y la sustanciación de expedientes que puedan formularse en orden al cumplimiento de la normativa sectorial vigente
y, en su caso, la imposición de sanciones.
c) Informar con carácter vinculante sobre la implantación de grandes superficies
comerciales.
d) Formación y capacitación de los comerciantes y empleados del sector del pequeño comercio minorista.
e) E
 l impulso a la innovación y modernización tecnológica, y mejora de la competitividad a
las pymes comerciales extremeñas y el fomento de la incorporación de nuevas tecnologías en la gestión empresarial del comercio, los servicios y el sector artesano.
f) El fomento de la creación y mejora de los establecimientos comerciales.
g) La potenciación del comercio urbano a través de los Centros Comerciales Abiertos.