Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062720)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032_FEVAL, Gestión de Servicios, SLU: Evento Tecnológico" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 161
Martes 20 de agosto de 2024
41203
B) C
orresponde a FEVAL-Gestión de Servicios, SLU:
• Realizar las actividades objeto de la transferencia y destinar la misma a la finalidad
para la que ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.
• Someterse a las actuaciones de comprobación, que efectúe el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
• Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades sufragadas por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Esta comunicación deberá efectuarse en el
momento que adquiera la firmeza la concesión de la ayuda compatible y en todo caso,
antes de la justificación del 100% de esta transferencia específica.
• Acreditar con carácter previo al pago único que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Adoptar las medidas de identificación, comunicación y publicidad establecidas en el
presente convenio.
• Llevar un sistema contable que permita verificar la correcta imputación de las operaciones financiadas con cargo al proyecto.
• Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones
de comprobación y control.
• Presentar la documentación justificativa de la ayuda en el plazo previsto en la cláusula
quinta.
• Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
presente convenio.
• Cualquier otra obligación prevista en el texto de este convenio.
Quinta. Ejecución del proyecto.
Considerando que la fecha prevista de celebración del congreso es en septiembre y estableciendo un margen suficiente para el posible cambio en esas fechas, se establece como fecha
de finalización del convenio el 30 de noviembre de 2024.
Los gastos y pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones deberán estar
realizados entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de noviembre de 2024.
Martes 20 de agosto de 2024
41203
B) C
orresponde a FEVAL-Gestión de Servicios, SLU:
• Realizar las actividades objeto de la transferencia y destinar la misma a la finalidad
para la que ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.
• Someterse a las actuaciones de comprobación, que efectúe el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
• Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades sufragadas por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. Esta comunicación deberá efectuarse en el
momento que adquiera la firmeza la concesión de la ayuda compatible y en todo caso,
antes de la justificación del 100% de esta transferencia específica.
• Acreditar con carácter previo al pago único que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Adoptar las medidas de identificación, comunicación y publicidad establecidas en el
presente convenio.
• Llevar un sistema contable que permita verificar la correcta imputación de las operaciones financiadas con cargo al proyecto.
• Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones
de comprobación y control.
• Presentar la documentación justificativa de la ayuda en el plazo previsto en la cláusula
quinta.
• Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
presente convenio.
• Cualquier otra obligación prevista en el texto de este convenio.
Quinta. Ejecución del proyecto.
Considerando que la fecha prevista de celebración del congreso es en septiembre y estableciendo un margen suficiente para el posible cambio en esas fechas, se establece como fecha
de finalización del convenio el 30 de noviembre de 2024.
Los gastos y pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones deberán estar
realizados entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de noviembre de 2024.