Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Títulos Académicos. (2024062706)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Consejera, relativa a la obtención del certificado previsto para el acceso extraordinario al título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias en la disposición transitoria primera del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024

40970

Responsable del tratamiento de sus datos:
Responsable: Junta de Extremadura. Persona titular de la Consejería de Salud y Servicios
Sociales.
Dirección: Avda. de las Américas, n.º 2. 06800. Mérida (Badajoz).
Correo electrónico: dg.planificacionyformacion@salud-juntaex.es
Teléfono de contacto: 924004198
Datos del contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es
Finalidad con la que vamos a gestionar sus datos personales:
Tramitación de los certificados de la acreditación del ejercicio profesional en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el acceso extraordinario al título de especialista en medicina
de urgencias y emergencias. Ámbito sanitario privado.
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
— Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al Responsable del tratamiento (artículo 6.1.e) RGPD).
— Cumplimiento de una obligación legal por parte del Responsable del tratamiento (artículo 6.1.c) RGPD).
— Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en
la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha
finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de
archivos y documentos.