Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062719)
Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el desarrollo del Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I).
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NÚMERO 160
Lunes 19 de agosto de 2024

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sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente” o aquel que
lo sustituya (en adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (Resolución de 18 de
julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en
el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y se dispone la publicación del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente”) (DOE n.º 148, de 31 de julio de 2018), y en todo lo no previsto en el citado
Convenio Colectivo, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás
disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
Las actividades serán ejecutadas por personal técnico de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, adscrito al convenio, que no tendrán ninguna vinculación laboral
con la Junta de Extremadura.
3. S
 e podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actuaciones
previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes SLU, y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. M
 ediante la firma de este convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU desarrollará el Programa para la Innovación e Internacionalización 2I, con arreglo al
detalle de actividades y operaciones que figura en el Anexo I, observando para ello las instrucciones de justificación que figuran en el Anexo II.
2. L
 a Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital realizará las funciones de
coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión y verificación de las
actividades que en el ámbito del presente convenio sean desarrolladas por Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Sexta. Ejecución del proyecto y forma de justificar las transferencias específicas.
Las actividades que financiar con cargo a esta transferencia específica deberán ser ejecutadas
y abonadas entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de diciembre de 2027 ambos incluidos.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pyme, SLU, ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose de operaciones y costes que se detallan en
el Anexo I e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad que figuran
también en dicho anexo.