Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024062708)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 159
Viernes 16 de agosto de 2024

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3. A
 fin de que quede constancia del proceso realizado, automáticamente se emitirá un recibo
justificativo que incluirá la fecha y hora de presentación, el número de entrada de registro,
los datos relevantes de la solicitud y, en su caso, la enumeración y denominación de los
documentos adjuntos al formulario o instancia presentada, en aplicación del artículo 16.3
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. L
 a no cumplimentación de los campos considerados como obligatorios impedirá la presentación telemática de la solicitud. En este sentido, será obligatorio solicitar admisión
en Itinerario Personal para la Empleabilidad I con el objetivo de que el alumnado pueda
superar la formación en prevención de riesgos laborales y realizar la estancia en empresa
u organismo equiparado.
5. L
 as personas interesadas podrán otorgar su consentimiento a la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional, en adelante Consejería competente, marcando la casilla
correspondiente en el modelo de solicitud, para que publique su condición de discapacidad
igual o superior al 33 por ciento en los listados de adjudicación. No obstante, previa petición escrita a la dirección del centro en el que presentaron la solicitud, todo participante
podrá acceder al resultado detallado de las personas que compiten con ellos por una vacante escolar.
Duodécimo. Acceso a la secretaria virtual de la Plataforma Educativa Rayuela.
1. L
 a admisión y matriculación en las enseñanzas de formación profesional en modalidad virtual, reguladas en la presente resolución, se realizará a través de la secretaría virtual de
la Plataforma Educativa Rayuela en la dirección https://rayuela.educarex.es/, conforme lo
recogido en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. E
 l acceso a la secretaría virtual podrá realizarse con Certificados Digitales reconocidos o
con el DNI electrónico en vigor. Si no dispone de ellos podrán obtenerlos en las siguientes
direcciones:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
https://www.cert.fnmt.es//
3. A
 demás, podrán acceder con las claves de acceso a la plataforma, distinguiéndose en este
último caso:
a. Persona usuaria universal. Es aquella que dispone de acceso a la Plataforma Educativa
Rayuela a través de las credenciales que le han sido entregadas por un centro educativo
y que, por lo tanto, su identidad ha sido debidamente contrastada por una funcionaria
o funcionario público.