Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062709)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo y la organización sindical "Unión General de Trabajadores de Extremadura" (UGT), la organización sindical "Comisiones Obreras de Extremadura" (CCOO), y la organización empresarial "Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX)", por la que se instrumentaliza la concesión directa de una subvención destinada a financiar la difusión, información y orientación del procedimiento de evaluación y reconocimiento de la cualificación profesional adquirida por la experiencia laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextgenerationEU.
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NÚMERO 158
Miércoles 14 de agosto de 2024
40608
Novena. Justificación.
1. L
as entidades beneficiarias presentarán al Instituto Extremeño de Cualificación y Acreditaciones, la justificación de los gastos y pagos derivados de las actuaciones objeto de esta
subvención mediante los siguientes medios:
a) Para que se proceda al segundo pago anticipado correspondiente a la anualidad 2025,
referido al concepto: labores de sensibilización, difusión, captación, información y comunicación (incluido en la letra a) del apartado 1 de la cláusula octava), deberán aportar la siguiente documentación justificativa, correspondiente al periodo comprendido
desde la fecha de firma del convenio hasta el 31 de diciembre de 2024:
1º. M
emoria de actuación justificativa del cumplimiento de las actividades realizadas
concernientes a las labores de sensibilización, difusión, captación, información y
comunicación, desarrolladas.
2º. M
emoria económica justificativa de los gastos realizados en las actividades de sensibilización, difusión, captación, información y comunicación, conteniendo los siguientes elementos:
— Declaración del representante legal de la entidad que deberá indicar expresamente que las actividades realizadas han sido financiadas en su totalidad o en parte
con la subvención concedida, indicando en su caso el porcentaje imputado.
— Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones,
que deberán representar, al menos el 100 por cien de la cuantía anticipada, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha
de pago.
— Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En caso de
inexistencia de otros ingresos o subvenciones, se hará constar tal circunstancia.
Dicha justificación deberá presentarse a partir de la fecha de finalización del primer
periodo de ejecución de las actividades relativas a las labores de sensibilización, difusión, captación, información y comunicación correspondiente a la anualidad 2024,
teniendo como fecha límite el 23 de enero de 2025.
Este convenio estará sujeto a lo recogido en el artículo 21.1 letra e) de la ley 6/2011,
de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, donde se establece que cuando las subvenciones que tuvieren varias anualidades dichas
cuantías se entenderán siempre referidas al importe de la anualidad corriente, de
Miércoles 14 de agosto de 2024
40608
Novena. Justificación.
1. L
as entidades beneficiarias presentarán al Instituto Extremeño de Cualificación y Acreditaciones, la justificación de los gastos y pagos derivados de las actuaciones objeto de esta
subvención mediante los siguientes medios:
a) Para que se proceda al segundo pago anticipado correspondiente a la anualidad 2025,
referido al concepto: labores de sensibilización, difusión, captación, información y comunicación (incluido en la letra a) del apartado 1 de la cláusula octava), deberán aportar la siguiente documentación justificativa, correspondiente al periodo comprendido
desde la fecha de firma del convenio hasta el 31 de diciembre de 2024:
1º. M
emoria de actuación justificativa del cumplimiento de las actividades realizadas
concernientes a las labores de sensibilización, difusión, captación, información y
comunicación, desarrolladas.
2º. M
emoria económica justificativa de los gastos realizados en las actividades de sensibilización, difusión, captación, información y comunicación, conteniendo los siguientes elementos:
— Declaración del representante legal de la entidad que deberá indicar expresamente que las actividades realizadas han sido financiadas en su totalidad o en parte
con la subvención concedida, indicando en su caso el porcentaje imputado.
— Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones,
que deberán representar, al menos el 100 por cien de la cuantía anticipada, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha
de pago.
— Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En caso de
inexistencia de otros ingresos o subvenciones, se hará constar tal circunstancia.
Dicha justificación deberá presentarse a partir de la fecha de finalización del primer
periodo de ejecución de las actividades relativas a las labores de sensibilización, difusión, captación, información y comunicación correspondiente a la anualidad 2024,
teniendo como fecha límite el 23 de enero de 2025.
Este convenio estará sujeto a lo recogido en el artículo 21.1 letra e) de la ley 6/2011,
de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, donde se establece que cuando las subvenciones que tuvieren varias anualidades dichas
cuantías se entenderán siempre referidas al importe de la anualidad corriente, de