Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062709)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo y la organización sindical "Unión General de Trabajadores de Extremadura" (UGT), la organización sindical "Comisiones Obreras de Extremadura" (CCOO), y la organización empresarial "Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX)", por la que se instrumentaliza la concesión directa de una subvención destinada a financiar la difusión, información y orientación del procedimiento de evaluación y reconocimiento de la cualificación profesional adquirida por la experiencia laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextgenerationEU.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 158
40607
Miércoles 14 de agosto de 2024
ANUALIDAD 2026
Importe
Inscripciones
Importe Total
Anualidad 2026
CREEX
50.400,00 €
50.400,00 €
CCOO
25.200,00 €
25.200,00 €
UGT
25.200,00 €
25.200,00 €
100.800,00 €
100.800,00 €
TOTAL
2. U
GT Extremadura, CCOO Extremadura, y CREEX, tendrán la posibilidad de contratación
del personal requerido para el desarrollo de las actividades descritas, que podrá financiarse con cargo al presente convenio; bien sea mediante la imputación de personal propio
de la organización, bien sea mediante la contratación de nuevo personal laboral, para la
consecución de los fines recogidos en el presente convenio y que no estén cubiertos por la
aportación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los gastos de personal mencionados en el párrafo anterior no podrán superar el 50% de
la cantidad asignada a la letra a) del apartado 1, de esta cláusula, referida a “las tareas de
sensibilización, difusión, captación, información y comunicación”.
3. L
os importes correspondientes al concepto incluido en la letra b) del apartado 1 de esta
cláusula, referida a adquirir la condición de ADMITIDA tras la inscripción en el procedimiento de la persona candidata, se abonarán mediante el sistema de pago fraccionado,
previa justificación. En estos términos, las entidades beneficiarias percibirán las cantidades
correspondientes a las actividades justificadas durante los siguientes periodos:
1. A
nualidad 2025:
Primer periodo: desde la firma del presente convenio al 31 de diciembre de 2024.
Segundo periodo: desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de abril de 2025.
Tercer periodo: desde el 1 de mayo de 2025 hasta el 31 de agosto de 2025
2. A
nualidad 2026:
Cuarto periodo: desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.
40607
Miércoles 14 de agosto de 2024
ANUALIDAD 2026
Importe
Inscripciones
Importe Total
Anualidad 2026
CREEX
50.400,00 €
50.400,00 €
CCOO
25.200,00 €
25.200,00 €
UGT
25.200,00 €
25.200,00 €
100.800,00 €
100.800,00 €
TOTAL
2. U
GT Extremadura, CCOO Extremadura, y CREEX, tendrán la posibilidad de contratación
del personal requerido para el desarrollo de las actividades descritas, que podrá financiarse con cargo al presente convenio; bien sea mediante la imputación de personal propio
de la organización, bien sea mediante la contratación de nuevo personal laboral, para la
consecución de los fines recogidos en el presente convenio y que no estén cubiertos por la
aportación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los gastos de personal mencionados en el párrafo anterior no podrán superar el 50% de
la cantidad asignada a la letra a) del apartado 1, de esta cláusula, referida a “las tareas de
sensibilización, difusión, captación, información y comunicación”.
3. L
os importes correspondientes al concepto incluido en la letra b) del apartado 1 de esta
cláusula, referida a adquirir la condición de ADMITIDA tras la inscripción en el procedimiento de la persona candidata, se abonarán mediante el sistema de pago fraccionado,
previa justificación. En estos términos, las entidades beneficiarias percibirán las cantidades
correspondientes a las actividades justificadas durante los siguientes periodos:
1. A
nualidad 2025:
Primer periodo: desde la firma del presente convenio al 31 de diciembre de 2024.
Segundo periodo: desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de abril de 2025.
Tercer periodo: desde el 1 de mayo de 2025 hasta el 31 de agosto de 2025
2. A
nualidad 2026:
Cuarto periodo: desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.