Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062710)
Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Arzobispado de Mérida-Badajoz para realizar las actuaciones recogidas en el proyecto de "Restauración y consolidación de la iglesia de San Pedro de Almendral".
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NÚMERO 158
Miércoles 14 de agosto de 2024
40634
Tercera. Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las
partes.
El convenio tendrá un importe total de doscientos sesenta y tres mil ochenta y cinco euros
con noventa y tres céntimos (263.085,93 euros), destinados a financiar las actuaciones del
presente convenio.
Los compromisos económicos que asumen cada una de las partes firmantes serán los
siguientes:
1. L
a Junta de Extremadura, a través de la Consejería, aportará a la financiación del convenio la cantidad de doscientos mil euros (200.000,00 €), correspondiente al 76,02 % de
la financiación total del convenio, con cargo a la aplicación presupuestaria 1500300000
G/272A/78000, proyecto 20240376, fondo CAG0000001, de los presupuestos generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
2. E
l Arzobispado aportará a la financiación del convenio la cantidad de sesenta y tres mil
ochenta y cinco euros con noventa y tres céntimos (63.085,93 €), correspondiente al 23,98
% de la financiación total del convenio con cargo a sus presupuestos. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación del convenio.
En el caso de que se produjera un incremento en el importe de los costes no contemplado en
el convenio, dicho incremento será sufragado por el Arzobispado.
Cuarta. Pago y justificación.
1. P
ago.
— El pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará
al Arzobispado mediante un pago único por importe de 200.000 euros, de manera anticipada, una vez formalizado el convenio y previa acreditación por parte del Arzobispado de haber constituido una garantía del 100% del mencionado importe anticipado
(200.000 €), al no hallarse entre las entidades exentas de constitución de garantías
según lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 5/2007 de 5 de abril,
General de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta garantía se depositará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura
a nombre de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, y se mantendrá
hasta 1 mes después de finalizado el periodo de vigencia del convenio recogida en la
cláusula novena de este convenio, con el fin de asegurar el pago anticipado; todo ello
de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la citada Ley.
Miércoles 14 de agosto de 2024
40634
Tercera. Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las
partes.
El convenio tendrá un importe total de doscientos sesenta y tres mil ochenta y cinco euros
con noventa y tres céntimos (263.085,93 euros), destinados a financiar las actuaciones del
presente convenio.
Los compromisos económicos que asumen cada una de las partes firmantes serán los
siguientes:
1. L
a Junta de Extremadura, a través de la Consejería, aportará a la financiación del convenio la cantidad de doscientos mil euros (200.000,00 €), correspondiente al 76,02 % de
la financiación total del convenio, con cargo a la aplicación presupuestaria 1500300000
G/272A/78000, proyecto 20240376, fondo CAG0000001, de los presupuestos generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
2. E
l Arzobispado aportará a la financiación del convenio la cantidad de sesenta y tres mil
ochenta y cinco euros con noventa y tres céntimos (63.085,93 €), correspondiente al 23,98
% de la financiación total del convenio con cargo a sus presupuestos. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación del convenio.
En el caso de que se produjera un incremento en el importe de los costes no contemplado en
el convenio, dicho incremento será sufragado por el Arzobispado.
Cuarta. Pago y justificación.
1. P
ago.
— El pago de la aportación de la Consejería para la financiación del convenio se realizará
al Arzobispado mediante un pago único por importe de 200.000 euros, de manera anticipada, una vez formalizado el convenio y previa acreditación por parte del Arzobispado de haber constituido una garantía del 100% del mencionado importe anticipado
(200.000 €), al no hallarse entre las entidades exentas de constitución de garantías
según lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 5/2007 de 5 de abril,
General de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta garantía se depositará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura
a nombre de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, y se mantendrá
hasta 1 mes después de finalizado el periodo de vigencia del convenio recogida en la
cláusula novena de este convenio, con el fin de asegurar el pago anticipado; todo ello
de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la citada Ley.