Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2024040146)
Decreto 95/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de obras de eficiencia energética en edificios e infraestructuras vinculados a la prestación de servicios educativos, destinadas a entidades locales de Extremadura, susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Feder 2021-2027 y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 158
Miércoles 14 de agosto de 2024
40493
Asimismo, la presente convocatoria de subvenciones es susceptible de ser cofinanciada en el
marco del programa operativo FEDER 2021-2027 Extremadura, con el siguiente encuadre:
a) Objetivo político 2, que busca una Europa más verde. Dentro de este objetivo, las medidas de fomento reguladas en esta decreto se sitúan en la prioridad P2A Transición
verde.
b) Objetivo específico 2.i, el fomento de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
c) Actuación 2.1.01. Mejora de la eficiencia energética en edificios e infraestructuras públicos.
En este sentido, los proyectos que se desarrollen al amparo de la convocatoria de subvenciones se orientan a satisfacer los objetivos del programa y responden a las necesidades de
inversión prioritarias para fomentar la eficiencia energética, en particular para acelerar la
renovación eficiente desde el punto de vista energético de los edificios e infraestructuras públicos, así como la descarbonización y el impulso de la eficiencia energética.
A estas bases reguladoras les resulta de aplicación el principio de “no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente” (DNSH, por sus siglas en inglés), esto es, que ninguna de las
actuaciones promovidas en estas bases incide negativamente en ninguno de los seis objetivos
medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852: mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, uso sostenible y protección de los
recursos hídricos y marinos, economía circular, prevención y control de la contaminación, y
protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura es
el órgano competente para la elaboración, propuesta y ejecución de la política del Gobierno
en materia educativa, según el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, determina que la Secretaria General es el la preparación, tramitación e informe de las disposiciones
de carácter general y la asistencia técnica y administrativa de la Consejería.
La regulación de este decreto y su contenido se acoge a lo previsto en el artículo 23 del
Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
en el que se contempla que las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos
Miércoles 14 de agosto de 2024
40493
Asimismo, la presente convocatoria de subvenciones es susceptible de ser cofinanciada en el
marco del programa operativo FEDER 2021-2027 Extremadura, con el siguiente encuadre:
a) Objetivo político 2, que busca una Europa más verde. Dentro de este objetivo, las medidas de fomento reguladas en esta decreto se sitúan en la prioridad P2A Transición
verde.
b) Objetivo específico 2.i, el fomento de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
c) Actuación 2.1.01. Mejora de la eficiencia energética en edificios e infraestructuras públicos.
En este sentido, los proyectos que se desarrollen al amparo de la convocatoria de subvenciones se orientan a satisfacer los objetivos del programa y responden a las necesidades de
inversión prioritarias para fomentar la eficiencia energética, en particular para acelerar la
renovación eficiente desde el punto de vista energético de los edificios e infraestructuras públicos, así como la descarbonización y el impulso de la eficiencia energética.
A estas bases reguladoras les resulta de aplicación el principio de “no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente” (DNSH, por sus siglas en inglés), esto es, que ninguna de las
actuaciones promovidas en estas bases incide negativamente en ninguno de los seis objetivos
medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 2020/852: mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, uso sostenible y protección de los
recursos hídricos y marinos, economía circular, prevención y control de la contaminación, y
protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura es
el órgano competente para la elaboración, propuesta y ejecución de la política del Gobierno
en materia educativa, según el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, determina que la Secretaria General es el la preparación, tramitación e informe de las disposiciones
de carácter general y la asistencia técnica y administrativa de la Consejería.
La regulación de este decreto y su contenido se acoge a lo previsto en el artículo 23 del
Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
en el que se contempla que las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos