Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024062609)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 157
Martes 13 de agosto de 2024



• Puntuación entre 80,01 y 85_____________ 13 puntos.



• Puntuación entre 85,01 y 90_____________ 14 puntos.



• Puntuación superior a 90_______________ 15 puntos.




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— Valoración del resto de centros y entidades:
Los centros y entidades que no hayan ejecutado acciones de formación en la última convocatoria con datos consolidados, serán puntuados con 3 puntos.

B) Aspectos técnicos de las acciones formativas: hasta 35 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:


b.1) Situación de la entidad o centro de formación respecto de la implantación de un
sistema o modelo de calidad, hasta 10 puntos de acuerdo con los siguientes subcriterios:



— Poseer certificado de calidad en vigor bajo norma ISO 9001, expedido por entidad
acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) en el que se incluya la
actividad en materia de formación: 7 puntos.



— Poseer certificado de calidad en vigor EFQM, cuyo alcance incluya la materia de
formación y un nivel de excelencia europea 200+ o Superior: 3 puntos.

b.2) Prácticas profesionales no laborales en empresas, efectivamente realizadas, en
las tres últimas convocatorias con datos consolidados en especialidades que no
conduzcan a la obtención de certificados profesionales, hasta 10 puntos, según el
siguiente baremo:
— 0,25 puntos por cada alumno/a que haya realizado prácticas profesionales de
carácter no laboral en empresas, con un mínimo de 100 horas, en la especialidad
solicitada.


No obtendrán puntuación por este criterio aquellas entidades que hayan impartido
especialidades en las que no se puedan realizar prácticas profesionales no laborales, por depender de la realización de un examen oficial o de la obtención de un
carné profesional.



b.3) Número de alumnos/as formados/as con resultado positivo por cada entidad (NIF)
en la ejecución de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas, en la misma familia y área profesional, hasta un máximo de 15 puntos.