Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024062609)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 157
Martes 13 de agosto de 2024
40425
profesional en la que se incluya la especialidad formativa que se solicita, en las
tres últimas convocatorias con datos consolidados: 0,50 puntos por cada 100 horas impartidas, con un máximo de 4 puntos.
— Experiencia en la impartición de acciones formativas del sistema de formación
profesional para el empleo en el ámbito laboral, financiadas con fondos públicos
del citado sistema, en cualquier familia profesional distinta a las anteriores, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con un máximo de 3 puntos
y teniendo en cuenta los siguientes subcriterios:
• Más de 3 años de experiencia: 3 puntos.
• Más de 2 años y hasta 3 años de experiencia: 2 puntos.
• De 1 año hasta 2 años de experiencia: 1 punto.
• Menos de 1 año de experiencia: 0 puntos.
a.2) Evaluación de la ejecución de acciones formativas: hasta 15 puntos, teniendo en
cuenta los siguientes subcriterios:
—
Valoración en la ejecución de acciones formativas dirigidas prioritariamente a
personas trabajadoras desempleadas, vinculadas a la familia profesional a
la que pertenece la especialidad solicitada, que hayan sido financiadas por el
Servicio Público de Empleo correspondiente en la última convocatoria con datos
consolidados.
A efectos de dicha valoración, se aplicará la media resultante de las valoraciones
obtenidas en los cuestionarios de evaluación de la calidad (“Indicadores de Síntesis”) de los cursos evaluados acorde al siguiente baremo:
• Puntuación hasta 50___________________ 0 puntos.
• Puntuación entre 50,01 y 55_____________ 3 puntos.
• Puntuación entre 55,01 y 60_____________ 5 puntos.
• Puntuación entre 60,01 y 65_____________ 7 puntos.
• Puntuación entre 65,01 y 70_____________ 9 puntos.
• Puntuación entre 70,01 y 75_____________ 11 puntos.
• Puntuación entre 75,01 y 80_____________ 12 puntos.
Martes 13 de agosto de 2024
40425
profesional en la que se incluya la especialidad formativa que se solicita, en las
tres últimas convocatorias con datos consolidados: 0,50 puntos por cada 100 horas impartidas, con un máximo de 4 puntos.
— Experiencia en la impartición de acciones formativas del sistema de formación
profesional para el empleo en el ámbito laboral, financiadas con fondos públicos
del citado sistema, en cualquier familia profesional distinta a las anteriores, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con un máximo de 3 puntos
y teniendo en cuenta los siguientes subcriterios:
• Más de 3 años de experiencia: 3 puntos.
• Más de 2 años y hasta 3 años de experiencia: 2 puntos.
• De 1 año hasta 2 años de experiencia: 1 punto.
• Menos de 1 año de experiencia: 0 puntos.
a.2) Evaluación de la ejecución de acciones formativas: hasta 15 puntos, teniendo en
cuenta los siguientes subcriterios:
—
Valoración en la ejecución de acciones formativas dirigidas prioritariamente a
personas trabajadoras desempleadas, vinculadas a la familia profesional a
la que pertenece la especialidad solicitada, que hayan sido financiadas por el
Servicio Público de Empleo correspondiente en la última convocatoria con datos
consolidados.
A efectos de dicha valoración, se aplicará la media resultante de las valoraciones
obtenidas en los cuestionarios de evaluación de la calidad (“Indicadores de Síntesis”) de los cursos evaluados acorde al siguiente baremo:
• Puntuación hasta 50___________________ 0 puntos.
• Puntuación entre 50,01 y 55_____________ 3 puntos.
• Puntuación entre 55,01 y 60_____________ 5 puntos.
• Puntuación entre 60,01 y 65_____________ 7 puntos.
• Puntuación entre 65,01 y 70_____________ 9 puntos.
• Puntuación entre 70,01 y 75_____________ 11 puntos.
• Puntuación entre 75,01 y 80_____________ 12 puntos.