Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062671)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación a regadío y plantación de pistacheros en 20,25 ha, a ubicar en la parcela 6, del polígono 12 y en la parcela 12 del polígono 13 del término municipal de Collado de la Vera (Cáceres), cuya promotora es Agrícola Los Tejares, SLU. Expte.: IA23/0561.
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NÚMERO 156
Lunes 12 de agosto de 2024
40272
A continuación, se resume el contenido principal de los informes y alegaciones recibidos:
1. C
on fecha 31 de octubre de 2023, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a Red
Natura 2000 así como informe de Afección a Biodiversidad, indicando que no hay datos
de presencia de las especies en las parcelas en estudio. Por tanto, no se espera que haya
afecciones significativas. No obstante, se deberán respetar las medidas propuestas en
la Memoria entregada. Para finalizar indicar que, no sería necesaria la temporalización
propuesta para las aves esteparias, puesto que no hay datos de áreas de reproducción
de estas especies en las parcelas. Teniendo en cuenta esto, se informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas.
2. C
on fecha 16 de febrero de 2024, esta D.G. de Sostenibilidad recibe por parte de la
D.G. de Gestión Forestal, Caza y Pesca a través del Servicio de Ordenación y Gestión
Forestal informe en el cual indica que el área afectada por el cambio de cultivo se trata
de una superficie desarbolada con pequeños rodales de eucalipto, los cuales se excluyen
del proyecto de cambio de uso. Según la comparación histórica de ortofotografías de la
superficie solicitada, puede observarse que el estado forestal de la misma no ha variado
en los últimos tiempos. Teniendo en cuenta esto se informa favorablemente el cambio
de uso solicitado en 20,25 ha de la parcela 6, polígono 12 y de la parcela 12, polígono
13, ambas del término municipal de Collado de la Vera.
3. L
a Confederación Hidrográfica del Tajo, emite informe con fecha 02 de noviembre de
2023, en el que hacen las siguientes indicaciones en el ámbito de sus competencias
respecto a:
3.1. Zonas Protegidas, Aguas Superficiales y Masas de Aguas Subterráneas. Las parcelas se encuentran dentro del área de captación de la zona sensible “Embalse de
Torrejón-Tiétar”. En cuanto a aguas superficiales, la zona de actuación está próxima a
cauces pertenecientes al sistema de explotación “Tiétar”.
En lo que respecta al dominio público hidráulico, toda actuación que se realice dentro de
éste deberá contar de la preceptiva autorización por parte de este organismo. Además,
también se indica que en ningún caso se autorizarán dentro del dominio público hidráulico la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas albergar personas,
aunque sea con carácter provisional o temporal.
En cuanto a la zona de servidumbre y zona de policía, toda actuación que se realice
en zona de policía (banda de 100 metros colindante con terrenos de dominio público
Lunes 12 de agosto de 2024
40272
A continuación, se resume el contenido principal de los informes y alegaciones recibidos:
1. C
on fecha 31 de octubre de 2023, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a Red
Natura 2000 así como informe de Afección a Biodiversidad, indicando que no hay datos
de presencia de las especies en las parcelas en estudio. Por tanto, no se espera que haya
afecciones significativas. No obstante, se deberán respetar las medidas propuestas en
la Memoria entregada. Para finalizar indicar que, no sería necesaria la temporalización
propuesta para las aves esteparias, puesto que no hay datos de áreas de reproducción
de estas especies en las parcelas. Teniendo en cuenta esto, se informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas.
2. C
on fecha 16 de febrero de 2024, esta D.G. de Sostenibilidad recibe por parte de la
D.G. de Gestión Forestal, Caza y Pesca a través del Servicio de Ordenación y Gestión
Forestal informe en el cual indica que el área afectada por el cambio de cultivo se trata
de una superficie desarbolada con pequeños rodales de eucalipto, los cuales se excluyen
del proyecto de cambio de uso. Según la comparación histórica de ortofotografías de la
superficie solicitada, puede observarse que el estado forestal de la misma no ha variado
en los últimos tiempos. Teniendo en cuenta esto se informa favorablemente el cambio
de uso solicitado en 20,25 ha de la parcela 6, polígono 12 y de la parcela 12, polígono
13, ambas del término municipal de Collado de la Vera.
3. L
a Confederación Hidrográfica del Tajo, emite informe con fecha 02 de noviembre de
2023, en el que hacen las siguientes indicaciones en el ámbito de sus competencias
respecto a:
3.1. Zonas Protegidas, Aguas Superficiales y Masas de Aguas Subterráneas. Las parcelas se encuentran dentro del área de captación de la zona sensible “Embalse de
Torrejón-Tiétar”. En cuanto a aguas superficiales, la zona de actuación está próxima a
cauces pertenecientes al sistema de explotación “Tiétar”.
En lo que respecta al dominio público hidráulico, toda actuación que se realice dentro de
éste deberá contar de la preceptiva autorización por parte de este organismo. Además,
también se indica que en ningún caso se autorizarán dentro del dominio público hidráulico la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas albergar personas,
aunque sea con carácter provisional o temporal.
En cuanto a la zona de servidumbre y zona de policía, toda actuación que se realice
en zona de policía (banda de 100 metros colindante con terrenos de dominio público