Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062670)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre la modificación del proyecto de planta solar fotovoltaica "Extremadura III, incorporando baterías de almacenamiento 10 MW y modificación de la SET 30/220 kV Los Juncales", en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/1682.
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NÚMERO 156
Lunes 12 de agosto de 2024

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establecidos en el artículo 73.c) de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Se deberán cumplir las medidas preventivas, correctoras y compensatorias de la
Resolución de 18 de octubre de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad, formuló declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto de instalación solar fotovoltaica “Extremadura III”, infraestructura de evacuación y SET 30/220 kV “Los Juncales", en el término
municipal de Almendralejo. Expte.: IA20/1682 (DOE número 206, de 26 de octubre de 2021).
Tercero. Actualizar el contenido de la Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Dirección
General de Sostenibilidad, que formuló declaración de impacto ambiental favorable para el
proyecto de instalación solar fotovoltaica “Extremadura III”, infraestructura de evacuación
y SET 30/220 kV “Los Juncales", en el término municipal de Almendralejo (Badajoz) en los
siguientes aspectos:
— Se deberá prestar atención a no ocasionar molestias a la fauna presente en la zona,
teniendo especial cuidado en el caso de especies catalogadas y durante las épocas de
reproducción y cría de la avifauna, respetando siempre las distancias de seguridad pertinentes y cualquier indicación que realice el Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas.
— Se deben restituir las áreas alteradas, especialmente en zanjas o si se generan taludes
Gestionar adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las tareas de restauración de las superficies alteradas, que debe llevarse a cabo paralelamente durante
la fase de construcción.
— Se deberá proceder a la retirada de cualquier tipo de residuo no biodegradables generado, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas en la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. 
Cuarto. El apartado H. Calificación rústica, de la Resolución de 18 de octubre de 2021, la
Dirección General de Sostenibilidad, formuló declaración de impacto ambiental favorable para
el proyecto de instalación solar fotovoltaica “Extremadura III, infraestructura de evacuación
y SET 30/220 kV Los Juncales", en el término municipal de Almendralejo, se sustituirá por el
siguiente:
La calificación rústica es un acto administrativo de carácter constitutivo y excepcional, de
naturaleza no autorizatoria y eficacia temporal, por el que se establecen las condiciones para
la materialización de las edificaciones, construcciones e instalaciones necesarias para la implantación de un uso autorizable en suelo rústico.