Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062687)
Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Fundación Jóvenes y Deporte para el desarrollo de acciones de formación en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte de Extremadura.
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NÚMERO 155
40148
Viernes 9 de agosto de 2024
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA
DE EXTREMADURA Y LA FUNDACIÓN JÓVENES Y DEPORTE PARA EL DESARROLLO
DE ACCIONES DE FORMACIÓN EN PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y
LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA EN EL MARCO DEL DEPORTE DE
EXTREMADURA
2 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Sara García Espada, en nombre y representación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto de la Presidenta
21/2023, de 20 de julio, (DOE núm. 140, de 21 de julio), actuando en el ejercicio de las
competencias que le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D.ª Sonia Bejarano Sánchez, en calidad de Directora Gerente de la Fundación
Jóvenes y Deporte, de conformidad con el Decreto 156/2019, de 24 de septiembre, por el
que se dispone su nombramiento como Directora Gerente de la Fundación Jóvenes y Deporte
(DOE 188, 30 de septiembre de 2019) con facultades para firmar convenios en nombre de la
Fundación, conforme al artículo 24 de los estatutos de la Fundación.
Ambas partes, en la calidad con que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente
capacidad para obligarse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN
Primero. La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (BOE núm. 134, de 5 de junio), en adelante LOPIVI, constituye
el marco normativo e institucional para la puesta en marcha de políticas públicas especialmente focalizadas en la prevención y protección de los niños, niñas y adolescentes frente a las
diferentes formas de violencia, mediante la asignación de responsabilidades específicas y una
llamada a la articulación y coordinación entre las administraciones públicas a nivel nacional,
autonómico y local.
El eje articulador del presente convenio es el artículo 5 de la LOPIVI, que declara que las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán y garantizarán una formación especializada, inicial y continua en materia de derechos fundamentales
de la infancia y la adolescencia a los y las profesionales que tengan un contacto habitual con
las personas menores de edad.
40148
Viernes 9 de agosto de 2024
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA
DE EXTREMADURA Y LA FUNDACIÓN JÓVENES Y DEPORTE PARA EL DESARROLLO
DE ACCIONES DE FORMACIÓN EN PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y
LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA EN EL MARCO DEL DEPORTE DE
EXTREMADURA
2 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Sara García Espada, en nombre y representación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto de la Presidenta
21/2023, de 20 de julio, (DOE núm. 140, de 21 de julio), actuando en el ejercicio de las
competencias que le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D.ª Sonia Bejarano Sánchez, en calidad de Directora Gerente de la Fundación
Jóvenes y Deporte, de conformidad con el Decreto 156/2019, de 24 de septiembre, por el
que se dispone su nombramiento como Directora Gerente de la Fundación Jóvenes y Deporte
(DOE 188, 30 de septiembre de 2019) con facultades para firmar convenios en nombre de la
Fundación, conforme al artículo 24 de los estatutos de la Fundación.
Ambas partes, en la calidad con que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente
capacidad para obligarse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN
Primero. La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (BOE núm. 134, de 5 de junio), en adelante LOPIVI, constituye
el marco normativo e institucional para la puesta en marcha de políticas públicas especialmente focalizadas en la prevención y protección de los niños, niñas y adolescentes frente a las
diferentes formas de violencia, mediante la asignación de responsabilidades específicas y una
llamada a la articulación y coordinación entre las administraciones públicas a nivel nacional,
autonómico y local.
El eje articulador del presente convenio es el artículo 5 de la LOPIVI, que declara que las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán y garantizarán una formación especializada, inicial y continua en materia de derechos fundamentales
de la infancia y la adolescencia a los y las profesionales que tengan un contacto habitual con
las personas menores de edad.