Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062687)
Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Fundación Jóvenes y Deporte para el desarrollo de acciones de formación en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte de Extremadura.
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NÚMERO 155
Viernes 9 de agosto de 2024
40156
cumplimentación de un fichero “hoja de cálculo” proporcionado desde el Servicio de
Adolescencia y Familias, al que se vincularán las copias de las facturas y documentos
justificativos del gasto y del pago realizado. Dicho fichero se aportará en soporte de
almacenamiento de datos tipo pendrive o similar que contenga la recopilación de dichos
archivos.
4. C
ertificado acreditativo de haber incluido en su contabilidad el/los ingreso/s parciales
de la aportación económica, con destino a la finalidad para la que se concedió. Se presentará en el plazo de 15 días desde que la entidad haya recibido los pagos parciales de
dicha aportación, correspondientes al trimestre justificado.
Los abonos de los gastos financiados por el presente convenio se realizarán, previa comprobación por parte de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y
Familia de la documentación presentada por la Fundación Jóvenes y Deporte, mediante
el certificado de Ingresos Gastos y pagos o, en su caso, por el importe resultante de la
comprobación realizada, si ésta detectara gastos y pagos no admisibles.
La justificación correspondiente a la anualidad 2024 se presentará por periodos trimestrales a partir de la firma del presente convenio, dentro del mes siguiente a la finalización de cada trimestre.
En todo caso, la justificación del último periodo (octubre-diciembre) de 2024 deberá ser
presentada antes del 31 de marzo de 2025.
La acreditación del ingreso de las retenciones del IRPF correspondientes a la mensualidad de diciembre de 2024, debido al calendario establecido por la Administración gestora, podrá ser presentado dentro de los 10 días siguientes a su ingreso.
En base al artículo 52.2.a) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, si de la liquidación resultara que el importe de las actuaciones ejecutadas por parte de la Fundación Jóvenes y Deporte fuera inferior a los fondos que la misma hubiera recibido de la Junta de Extremadura para financiar la ejecución del Convenio
suscrito, deberá reintegrar el exceso que corresponda, en el plazo máximo de un mes
desde que se hubiera aprobado la liquidación.
7.2. Justificación de las actuaciones.
La Fundación Jóvenes y Deporte, presentará al Servicio de Adolescencia y Familias de la
Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, como justificación
de la realización de las actividades previstas en el presente convenio en el Anexo I, una
memoria justificativa y explicativa firmada por su representante legal, con el contenido
Viernes 9 de agosto de 2024
40156
cumplimentación de un fichero “hoja de cálculo” proporcionado desde el Servicio de
Adolescencia y Familias, al que se vincularán las copias de las facturas y documentos
justificativos del gasto y del pago realizado. Dicho fichero se aportará en soporte de
almacenamiento de datos tipo pendrive o similar que contenga la recopilación de dichos
archivos.
4. C
ertificado acreditativo de haber incluido en su contabilidad el/los ingreso/s parciales
de la aportación económica, con destino a la finalidad para la que se concedió. Se presentará en el plazo de 15 días desde que la entidad haya recibido los pagos parciales de
dicha aportación, correspondientes al trimestre justificado.
Los abonos de los gastos financiados por el presente convenio se realizarán, previa comprobación por parte de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y
Familia de la documentación presentada por la Fundación Jóvenes y Deporte, mediante
el certificado de Ingresos Gastos y pagos o, en su caso, por el importe resultante de la
comprobación realizada, si ésta detectara gastos y pagos no admisibles.
La justificación correspondiente a la anualidad 2024 se presentará por periodos trimestrales a partir de la firma del presente convenio, dentro del mes siguiente a la finalización de cada trimestre.
En todo caso, la justificación del último periodo (octubre-diciembre) de 2024 deberá ser
presentada antes del 31 de marzo de 2025.
La acreditación del ingreso de las retenciones del IRPF correspondientes a la mensualidad de diciembre de 2024, debido al calendario establecido por la Administración gestora, podrá ser presentado dentro de los 10 días siguientes a su ingreso.
En base al artículo 52.2.a) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, si de la liquidación resultara que el importe de las actuaciones ejecutadas por parte de la Fundación Jóvenes y Deporte fuera inferior a los fondos que la misma hubiera recibido de la Junta de Extremadura para financiar la ejecución del Convenio
suscrito, deberá reintegrar el exceso que corresponda, en el plazo máximo de un mes
desde que se hubiera aprobado la liquidación.
7.2. Justificación de las actuaciones.
La Fundación Jóvenes y Deporte, presentará al Servicio de Adolescencia y Familias de la
Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, como justificación
de la realización de las actividades previstas en el presente convenio en el Anexo I, una
memoria justificativa y explicativa firmada por su representante legal, con el contenido