Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Proyectos Empresariales De Interés Autonómico. (2024040150)
Decreto 96/2024, de 30 de julio, por el que se convalida el Decreto 54/2024, de 18 de junio, por el que se declara Proyecto Empresarial de Interés Autonómico al proyecto presentado por la empresa Castilla Mining, SLU, para el proyecto integrado de minería y primera transformación industrial del recurso de litio de Valdeflórez en el término municipal de Cáceres.
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NÚMERO 155
Viernes 9 de agosto de 2024
40126
servicios públicos, al regular en el capítulo II, las medidas de impulso para facilitar la actividad empresarial, dispone en su artículo 2.5 que “La calificación como proyecto empresarial
de interés autonómico corresponde al Consejo de Gobierno, mediante Decreto, a propuesta
de la persona titular de la Consejería competente por razón de la materia según el objeto del
proyecto y previa solicitud del interesado. En todo caso, en el procedimiento para el otorgamiento de la calificación como proyecto empresarial de interés autonómico se dará audiencia
al ayuntamiento o ayuntamientos interesados”.
Hecha la precisión anterior, relevante al objeto del presente decreto, hay que destacar que
durante la tramitación del expediente previo a esta aprobación, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 2.5 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, el día 11 de abril de
2024 se procedió a dar audiencia al Ayuntamiento de Cáceres, estableciéndose un plazo de
10 días a los efectos de que pudiera manifestarse acerca de lo que estimara pertinente en
relación al proyecto. No obstante, una vez finalizado el plazo, no se recibió respuesta alguna,
entendiéndose el trámite como evacuado.
No obstante, tras la publicación del Decreto 54/2024, de 18 de junio, se tuvo conocimiento de
que, por un error en la plataforma de comunicación, la notificación de la audiencia al Ayuntamiento no se hizo efectiva. En consecuencia, no tuvo lugar su recepción.
Advertida la anterior circunstancia, siendo el trámite de audiencia al Ayuntamiento afectado
un trámite expresamente contemplado en el procedimiento legal y reglamentariamente establecido para la declaración de un proyecto como Proyecto Empresarial de Interés Autonómico
(en adelante PREMIA), y en la consideración de que la omisión del citado trámite pudiese
provocar que el Decreto 54/2024, de 18 de junio, por el que se declara proyecto empresarial
de interés autonómico al proyecto presentado por la empresa Castilla Mining, SLU, para el
proyecto integrado de minería y primera transformación industrial del recurso de litio de Valdeflórez en el término municipal de Cáceres, adoleciese de vicio de anulabilidad, se procedió a
remitir de nuevo al Ayuntamiento de Cáceres, con fecha 23 de julio, la documentación aportada por la empresa, al objeto de que pudiera pronunciarse sobre todo aquello que considerara
de interés en relación con la declaración del proyecto como PREMIA.
El 26 de julio de 2024 fue recibida la respuesta del Ayuntamiento de Cáceres que remitió informe favorable a la calificación como proyecto empresarial de interés autonómico (PREMIA)
al proyecto integrado de minería subterránea y primera transformación industrial del recurso
de litio de Valdeflórez (Cáceres) tramitado por Castilla Mining, SLU.
Debe señalarse que, según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, la falta de audiencia en procedimientos no sancionadores, como es el caso, determinará la anulabilidad pero
solamente si se produce indefensión. O sea, que la pura omisión del trámite de audiencia si no
Viernes 9 de agosto de 2024
40126
servicios públicos, al regular en el capítulo II, las medidas de impulso para facilitar la actividad empresarial, dispone en su artículo 2.5 que “La calificación como proyecto empresarial
de interés autonómico corresponde al Consejo de Gobierno, mediante Decreto, a propuesta
de la persona titular de la Consejería competente por razón de la materia según el objeto del
proyecto y previa solicitud del interesado. En todo caso, en el procedimiento para el otorgamiento de la calificación como proyecto empresarial de interés autonómico se dará audiencia
al ayuntamiento o ayuntamientos interesados”.
Hecha la precisión anterior, relevante al objeto del presente decreto, hay que destacar que
durante la tramitación del expediente previo a esta aprobación, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 2.5 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, el día 11 de abril de
2024 se procedió a dar audiencia al Ayuntamiento de Cáceres, estableciéndose un plazo de
10 días a los efectos de que pudiera manifestarse acerca de lo que estimara pertinente en
relación al proyecto. No obstante, una vez finalizado el plazo, no se recibió respuesta alguna,
entendiéndose el trámite como evacuado.
No obstante, tras la publicación del Decreto 54/2024, de 18 de junio, se tuvo conocimiento de
que, por un error en la plataforma de comunicación, la notificación de la audiencia al Ayuntamiento no se hizo efectiva. En consecuencia, no tuvo lugar su recepción.
Advertida la anterior circunstancia, siendo el trámite de audiencia al Ayuntamiento afectado
un trámite expresamente contemplado en el procedimiento legal y reglamentariamente establecido para la declaración de un proyecto como Proyecto Empresarial de Interés Autonómico
(en adelante PREMIA), y en la consideración de que la omisión del citado trámite pudiese
provocar que el Decreto 54/2024, de 18 de junio, por el que se declara proyecto empresarial
de interés autonómico al proyecto presentado por la empresa Castilla Mining, SLU, para el
proyecto integrado de minería y primera transformación industrial del recurso de litio de Valdeflórez en el término municipal de Cáceres, adoleciese de vicio de anulabilidad, se procedió a
remitir de nuevo al Ayuntamiento de Cáceres, con fecha 23 de julio, la documentación aportada por la empresa, al objeto de que pudiera pronunciarse sobre todo aquello que considerara
de interés en relación con la declaración del proyecto como PREMIA.
El 26 de julio de 2024 fue recibida la respuesta del Ayuntamiento de Cáceres que remitió informe favorable a la calificación como proyecto empresarial de interés autonómico (PREMIA)
al proyecto integrado de minería subterránea y primera transformación industrial del recurso
de litio de Valdeflórez (Cáceres) tramitado por Castilla Mining, SLU.
Debe señalarse que, según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, la falta de audiencia en procedimientos no sancionadores, como es el caso, determinará la anulabilidad pero
solamente si se produce indefensión. O sea, que la pura omisión del trámite de audiencia si no