Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Bioseguridad. Subvenciones. (2024062602)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.
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NÚMERO 154
Jueves 8 de agosto de 2024
39981
Memoria descriptiva de las actuaciones a realizar
En su caso, certificación emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas
que acredite el cumplimiento de lo previsto en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
Documentación de acreditación del presupuesto de ejecución de la inversión
Informe firmado electrónicamente por responsable técnico competente legalmente habilitados de cada
proyecto de inversión, de los datos y garantías relativas al cumplimiento en el diseño y ejecución del
proyecto al que se refiera el presupuesto de ejecución del cumplimiento de los requisitos de etiquetado
verde, etiquetado digital, estudios de impactos ambientales y de respeto del principio de no daño
significativo al medio ambiente (DNSH), respeto de la soberanía digital, con detalle de todas las
licencias, comunicaciones o autorizaciones y órganos competentes para expedirlas, entre ellas
específicamente las medioambientales, de protección de espacios protegidos, forestal, de ordenación
del territorio y urbanismo necesarias para la ejecución de la inversión subvencionable. Así como
declaración firmada por el técnico de ausencia de conflicto de intereses con el beneficiario.
En su caso, certificación de la Secretaría de la Administración Pública solicitante sobre el cumplimiento
de lo previsto en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
En su caso, certificación acreditativa del domicilio fiscal y de la inscripción en el Censo de empresarios,
profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración que debe reflejar la actividad
económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda
4º.- ACEPTO LOS COMPROMISOS:
Cuando alcance la condición de beneficiario de la ayuda me comprometo, durante los cinco años
siguientes a la fecha de certificación de realización de inversiones a:
1. Realizar la inversión o adquisición que fundamentó la concesión de la subvención en el plazo y forma
establecidos en el Decreto 27/2022.
2. Justificar la inversión o adquisición efectuada.
3. Cumplir los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención durante toda la
tramitación del procedimiento.
4. Cumplir, durante cinco años, contados desde la adquisición del bien los siguientes requisitos y
compromisos:
a) Mantener las inversiones objeto de ayuda.
b) Todos los que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
5. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como a las de
control que puedan realizar los órganos competentes para ello.
6. Comunicar la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad
subvencionada, procedentes de cualesquiera Administración Pública Nacional o Internacional, así como,
cualquier otra circunstancia que modifique las condiciones de la concesión de la ayuda.
7. Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Hacienda Estatal y
Autonómica, y frente a la Seguridad Social, siendo requisito previo para la concesión de la ayuda y su
pago.
8. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, al menos durante los
cinco años siguientes a la fecha de certificación de la ayuda, al objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
9. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 43 de la Ley
6/2011 y demás supuestos normativos previstos.
10. Solicitar, obtener, recabar y mantener las autorizaciones precisas para la ejecución de las inversiones
objeto de ayuda, antes de la solicitud de pago. Especialmente las relativas a cuestiones
medioambientales y en todo caso, las inversiones en áreas Red Natura 2000 deberán contar con el
preceptivo informe de no afección.
Jueves 8 de agosto de 2024
39981
Memoria descriptiva de las actuaciones a realizar
En su caso, certificación emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas
que acredite el cumplimiento de lo previsto en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
Documentación de acreditación del presupuesto de ejecución de la inversión
Informe firmado electrónicamente por responsable técnico competente legalmente habilitados de cada
proyecto de inversión, de los datos y garantías relativas al cumplimiento en el diseño y ejecución del
proyecto al que se refiera el presupuesto de ejecución del cumplimiento de los requisitos de etiquetado
verde, etiquetado digital, estudios de impactos ambientales y de respeto del principio de no daño
significativo al medio ambiente (DNSH), respeto de la soberanía digital, con detalle de todas las
licencias, comunicaciones o autorizaciones y órganos competentes para expedirlas, entre ellas
específicamente las medioambientales, de protección de espacios protegidos, forestal, de ordenación
del territorio y urbanismo necesarias para la ejecución de la inversión subvencionable. Así como
declaración firmada por el técnico de ausencia de conflicto de intereses con el beneficiario.
En su caso, certificación de la Secretaría de la Administración Pública solicitante sobre el cumplimiento
de lo previsto en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
En su caso, certificación acreditativa del domicilio fiscal y de la inscripción en el Censo de empresarios,
profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración que debe reflejar la actividad
económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda
4º.- ACEPTO LOS COMPROMISOS:
Cuando alcance la condición de beneficiario de la ayuda me comprometo, durante los cinco años
siguientes a la fecha de certificación de realización de inversiones a:
1. Realizar la inversión o adquisición que fundamentó la concesión de la subvención en el plazo y forma
establecidos en el Decreto 27/2022.
2. Justificar la inversión o adquisición efectuada.
3. Cumplir los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención durante toda la
tramitación del procedimiento.
4. Cumplir, durante cinco años, contados desde la adquisición del bien los siguientes requisitos y
compromisos:
a) Mantener las inversiones objeto de ayuda.
b) Todos los que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
5. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como a las de
control que puedan realizar los órganos competentes para ello.
6. Comunicar la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad
subvencionada, procedentes de cualesquiera Administración Pública Nacional o Internacional, así como,
cualquier otra circunstancia que modifique las condiciones de la concesión de la ayuda.
7. Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Hacienda Estatal y
Autonómica, y frente a la Seguridad Social, siendo requisito previo para la concesión de la ayuda y su
pago.
8. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, al menos durante los
cinco años siguientes a la fecha de certificación de la ayuda, al objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
9. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 43 de la Ley
6/2011 y demás supuestos normativos previstos.
10. Solicitar, obtener, recabar y mantener las autorizaciones precisas para la ejecución de las inversiones
objeto de ayuda, antes de la solicitud de pago. Especialmente las relativas a cuestiones
medioambientales y en todo caso, las inversiones en áreas Red Natura 2000 deberán contar con el
preceptivo informe de no afección.