Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062632)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Asociación FICE España, Federación Internacional de Comunidades Educativas, para la realización de un estudio de bases para la posible implantación del acogimiento familiar especializado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 152
39460
Martes 6 de agosto de 2024
nio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de
seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso
que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.
Novena. Medidas de publicidad y difusión.
1. E
l presente convenio de colaboración estará sujeto al régimen de publicidad exigido por el
artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (BOE
núm. 136, de 7 de junio).
2. A
mbas partes introducirán de forma visible los respectivos logotipos: Consejería de Salud y
Servicios Sociales y Asociación FICE España, así como los referidos al proyecto Redes AFE,
en cuantas publicaciones, ediciones y demás material de difusión o publicación se realice
relacionado con el objeto del convenio.
3. L
as partes se comprometen a citar su colaboración en cualquier acto de comunicación o
difusión referido a las actividades objeto del convenio.
Décima. Régimen jurídico, naturaleza del convenio y ámbito jurisdiccional.
Este convenio de colaboración tiene carácter administrativo y se suscribe de conformidad con
lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/
UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE núm. 272, de 9 de noviembre).
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes en relación con la interpretación, aplicación y
ejecución del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio), en
aquellos casos en que no puedan dirimirse las discrepancias y controversias a través de la
Comisión de Seguimiento.
Y como prueba de conformidad con los términos de este documento, las partes firman digitalmente este convenio y a un solo efecto.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
Asociación FICE España,
SARA GARCÍA ESPADA,
JOSU GOTZON GAGO PALACIOS
39460
Martes 6 de agosto de 2024
nio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de
seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso
que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.
Novena. Medidas de publicidad y difusión.
1. E
l presente convenio de colaboración estará sujeto al régimen de publicidad exigido por el
artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (BOE
núm. 136, de 7 de junio).
2. A
mbas partes introducirán de forma visible los respectivos logotipos: Consejería de Salud y
Servicios Sociales y Asociación FICE España, así como los referidos al proyecto Redes AFE,
en cuantas publicaciones, ediciones y demás material de difusión o publicación se realice
relacionado con el objeto del convenio.
3. L
as partes se comprometen a citar su colaboración en cualquier acto de comunicación o
difusión referido a las actividades objeto del convenio.
Décima. Régimen jurídico, naturaleza del convenio y ámbito jurisdiccional.
Este convenio de colaboración tiene carácter administrativo y se suscribe de conformidad con
lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/
UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE núm. 272, de 9 de noviembre).
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes en relación con la interpretación, aplicación y
ejecución del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio), en
aquellos casos en que no puedan dirimirse las discrepancias y controversias a través de la
Comisión de Seguimiento.
Y como prueba de conformidad con los términos de este documento, las partes firman digitalmente este convenio y a un solo efecto.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
Asociación FICE España,
SARA GARCÍA ESPADA,
JOSU GOTZON GAGO PALACIOS