Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062632)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Asociación FICE España, Federación Internacional de Comunidades Educativas, para la realización de un estudio de bases para la posible implantación del acogimiento familiar especializado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 152
Martes 6 de agosto de 2024
39458
sejería de Salud y Servicios Sociales, designados por la Secretaria General de Servicios
Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, a través del Servicio con competencia en materia de
acogimiento familiar.
Dicha Comisión conocerá de las cuestiones relativas al desarrollo y seguimiento del convenio, así como de la resolución de todas las cuestiones que surjan en relación con la interpretación del mismo y su adecuada aplicación.
2. L
a Presidencia de la Comisión Mixta corresponderá a la Junta de Extremadura, recayendo
en la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familias.
3. L
a Comisión Mixta se reunirá al menos una vez al año, y siempre que sea necesario para el
desarrollo de las actuaciones y compromisos asumidos.
Sexta. Protección de datos de carácter personal.
Las partes se comprometen a tratar los datos personales necesarios para la ejecución del
presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio asumen la posición de responsables de
los tratamientos que cada una realice en el marco de la ejecución del presente convenio. La
cesión por la Consejería de Salud y Servicios Sociales de los datos personales según las actuaciones y compromisos asumidos en la cláusula tercera del presente convenio se realizará
mediante la comunicación de los datos adecuados, pertinentes y necesarios para la finalidad
exclusiva de la realización de un estudio de bases para la posible implantación del acogimiento
familiar especializado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Asociación FICE se compromete a no tratar los datos con otra finalidad, sin el consentimiento del interesado y a no cederlos a terceros sin dicho consentimiento, salvo que lo requiera una obligación legal.
Las partes se exoneran mutuamente de cualquier responsabilidad que se pudiera generar por
el incumplimiento por una de ellas de las obligaciones derivadas de la normativa de protección
de datos personales.
Séptima. Vigencia y prórroga.
1. D
e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se perfecciona por la prestación del
Martes 6 de agosto de 2024
39458
sejería de Salud y Servicios Sociales, designados por la Secretaria General de Servicios
Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, a través del Servicio con competencia en materia de
acogimiento familiar.
Dicha Comisión conocerá de las cuestiones relativas al desarrollo y seguimiento del convenio, así como de la resolución de todas las cuestiones que surjan en relación con la interpretación del mismo y su adecuada aplicación.
2. L
a Presidencia de la Comisión Mixta corresponderá a la Junta de Extremadura, recayendo
en la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familias.
3. L
a Comisión Mixta se reunirá al menos una vez al año, y siempre que sea necesario para el
desarrollo de las actuaciones y compromisos asumidos.
Sexta. Protección de datos de carácter personal.
Las partes se comprometen a tratar los datos personales necesarios para la ejecución del
presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio asumen la posición de responsables de
los tratamientos que cada una realice en el marco de la ejecución del presente convenio. La
cesión por la Consejería de Salud y Servicios Sociales de los datos personales según las actuaciones y compromisos asumidos en la cláusula tercera del presente convenio se realizará
mediante la comunicación de los datos adecuados, pertinentes y necesarios para la finalidad
exclusiva de la realización de un estudio de bases para la posible implantación del acogimiento
familiar especializado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Asociación FICE se compromete a no tratar los datos con otra finalidad, sin el consentimiento del interesado y a no cederlos a terceros sin dicho consentimiento, salvo que lo requiera una obligación legal.
Las partes se exoneran mutuamente de cualquier responsabilidad que se pudiera generar por
el incumplimiento por una de ellas de las obligaciones derivadas de la normativa de protección
de datos personales.
Séptima. Vigencia y prórroga.
1. D
e acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se perfecciona por la prestación del