Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062573)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina, titularidad de Ganados Hermanos Reyes, SL, en el término municipal de Navalvillar de Pela, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 152

39537

Martes 6 de agosto de 2024

ambiente. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado con
una “X” aquellas que han emitido informe o formulado alegaciones a dichas consultas.
RELACIÓN DE CONSULTADOS

RESPUESTA

Ecologistas en Acción Extremadura

-

Ecologistas Extremadura

-

ADENEX

-

Fundación Naturaleza y Hombre

-

SEO Bird/Life

-

AMUS

-

GREENPEACE

-

C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 21 de septiembre de 2023, la DGS comunica al promotor que en el periodo de
información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas
interesadas, se han recibido los siguientes informes, cuya copia se adjunta, para su conocimiento y consideración en la redacción, en su caso, de la nueva versión del proyecto y en
el estudio de impacto ambiental. Se adjuntan informes de la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural, Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, Dirección General de Dirección General
de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Dirección General de Carreteras y Dirección General de Salud Pública.
Con fecha 26 de septiembre de 2023 el promotor presenta en la DGS la solicitud de inicio
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de explotación porcina y el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas. El promotor manifiesta su conformidad y se compromete a implementar cada una de las medidas propuestas.
Revisado el documento técnico del proyecto y los informes emitidos, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.