Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Recaudación. Procedimientos Telemáticos. (2024050143)
Orden de 1 de agosto de 2024 por la que se modifica la Orden de 14 de marzo de 2013, por la que se regulan los medios de pago en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se establece el procedimiento y condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades colaboradoras.
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NÚMERO 152
39442
Martes 6 de agosto de 2024
El uso de este medio de pago no podrá suponer coste o gasto alguno para los órganos de
recaudación”.
Tres. Se modifica el título de la disposición adicional única, que pasa a tener la siguiente redacción:
“Disposición adicional primera. Habilitación de ingresos mediante presentación telemática”.
Cuatro. Se introduce una nueva disposición adicional segunda, con la siguiente redacción:
“Disposición adicional segunda. Habilitación para su ejecución.
Se autoriza a la Dirección General competente en materia de Hacienda para realizar cuantas
actuaciones sean necesarias en ejecución de lo dispuesto en la presente orden y a aprobar
mediante resolución los modelos de domiciliación de pagos”.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 1 de agosto de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA
39442
Martes 6 de agosto de 2024
El uso de este medio de pago no podrá suponer coste o gasto alguno para los órganos de
recaudación”.
Tres. Se modifica el título de la disposición adicional única, que pasa a tener la siguiente redacción:
“Disposición adicional primera. Habilitación de ingresos mediante presentación telemática”.
Cuatro. Se introduce una nueva disposición adicional segunda, con la siguiente redacción:
“Disposición adicional segunda. Habilitación para su ejecución.
Se autoriza a la Dirección General competente en materia de Hacienda para realizar cuantas
actuaciones sean necesarias en ejecución de lo dispuesto en la presente orden y a aprobar
mediante resolución los modelos de domiciliación de pagos”.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 1 de agosto de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA