Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062594)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Fundación Jóvenes y Deporte por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo conjunto del Programa "El ejercicio te cuida" en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2024.
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NÚMERO 151
Lunes 5 de agosto de 2024

39058

En aquellos casos en que la práctica o ejecución del programa realizado genere un producto
susceptible de propiedad intelectual, salvo acuerdo particular entre las diferentes partes, se
estará a lo dispuesto en la legislación vigente y corresponderán, en exclusiva, a la Junta de
Extremadura.
Las partes se obligan a guardar secreto respecto de los datos, tanto de carácter personal
como profesional, a los que tuvieran acceso y vinculados a la participación en las actividades
propuestas en el marco del presente convenio y recogidos en el anexo técnico, obligación que
subsistirá aún después de finalizar la vigencia del presente convenio, y establecerán las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos
de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado
conforme a los requisitos establecidos en la normativa citada previamente.
Las finalidades legítimas del tratamiento de los datos de carácter personal son la gestión administrativa, contable y fiscal de la ejecución del proyecto.
Los datos de carácter personal proporcionados por la entidad podrán ser comunicados en los
escritos y en los documentos anejos a éstos a los Juzgados y Tribunales o, en su caso, Administraciones Públicas.
La entidad tiene los derechos reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos
a acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al
tratamiento y solicitar la limitación de éste.
Así, tiene derecho a acceder a sus datos personales y a obtener una copia de los datos personales objeto del tratamiento, a actualizarlos, así como a solicitar la rectificación de los datos
inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no
sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos. En determinadas circunstancias
previstas en el artículo 18 RGPD, la entidad podrá solicitar la limitación del tratamiento de
sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
Octava. Vigencia.
Este convenio surtirá efectos en el momento de su firma y tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante, tendrán la consideración de gastos, los realizados desde el 1
de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre del 2024, de conformidad con lo establecido en la
cláusula tercera y sin perjuicio de lo establecido para la justificación documental recogida en
la mencionada cláusula.